Tesis 2015
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Examinando Tesis 2015 por Autor "Flores Apaza, Esteban Eustaquio"
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- ÍtemLa falta de regulación de la garantia por vicios ocultos en la obras públicas ejecutadas bajo administración directa por la Municipalidad Provincial de Huancavelica, 2012 - 2013(Universidad Nacional de Huancavelica, 2015) Chávez Escobar, Tany Tania; Flores Apaza, Esteban EustaquioLa presente tesis, fundamenta, justifica y desarrolla una vasta construcción teórica, e investigación de campo, que permiten conocer, plantear e implementar una alternativa de solución al problema investigado titulado: "LA FALTA DE REGULACIÓN DE LA GARANTIA POR VICIOS OCULTOS EN LAS OBRAS PÚBLICAS EJECUTADAS BAJO ADMINISTRACIÓN DIRECTA POR LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUANCAVELICA, 2012- 2013", con el propósito de contribuir objetivamente a mejorar la normativa jurídica peruana, y efectiva fiscalización de los recursos económicos destinados a los gobiernos locales. La Ley de Contrataciones del Estado y su respectivo Reglamento, ha regulado la garantía por vicios ocultos en la obras públicas, con el propósito de entregar una herramienta efectiva para la buena inversión de los fondos públicos destinados a la ejecución de obras sociales, y para que tanto los gobiernos locales y regionales puedan exigir a los contratistas el resarcimiento por los defectos y/o deficiencias que presenten las obras publicas dentro de los siete años de su entrega. La norma jurídica, de la que brota las. proposiciones mencionadas en la Ley de Contrataciones del Estado; en efecto, manifiesta en su artículo 50°: "Responsabilidad del contratista.- El contratista es el responsable por la calidad ofrecida y por los vicios ocultos de los bienes o servicios ofertados( ... ). En el caso de obras, el plazo de responsabilidad no podrá ser inferior a siete (7) años, contado a partir de la conformidad de la recepción total o parcial de la obra, según corresponda. Las Bases deberán establecer el plazo máximo de responsabilidad del contratista".
- ÍtemGrado de información de los ciudadanos en el proceso de presupuesto participativo, del Distrito de Palca, 2006-2015(Universidad Nacional de Huancavelica, 2015) Ramos Diego, Hector Alejandro; Flores Apaza, Esteban EustaquioEl Presupuesto Participativo es un espacio de concertación por el cual las autoridades electas de los Gobiernos Regionales y de los Gobiernos Locales así como las organizaciones de la población, debidamente representadas; definen en conjunto, a través de una serie de mecanismos de análisis y de toma de decisiones, cada uno desde su ámbito, y de acuerdo a las decisiones adoptadas en cada una de las fases previstas para la realización del Proceso del Presupuesto Participativo; cómo y a qué se van a orientar los recursos de los que se disponen a nivel regional y local, especialmente aquellos para gastos de inversión, teniendo en cuenta, la visión de desarrollo distrital, provincial, regional y nacional considerados en sus Planes de Desarrollo Concertados, los objetivos establecidos en sus Planes Estratégicos Institucionales, así como la priorización de los proyectos buscando la mayor rentabilidad social; debiéndose reflejar además, de manera concreta y efectiva, los compromisos y aportes de la propia población y de los diferentes organismos públicos y privados presentes en el proceso. Para una adecuad formulación de presupuesto participativo y que coadyuve en el desarrollo de las comunidades campesinas y organizaciones vivas del distrito, se requiere que los agentes participantes se encuentre debidamente informados o conscientes del Plan de Desarrollo Concertado, en el mismo se encuentra el diagnostico situacional y el análisis FODA (fortalezas - debilidades y oportunidades - amenazas) del distritos de palea. Asimismo saber y tomar en cuenta que actividades se realizan en cada uno de las etapas o fases de presupuesto participativo, los cuales son: preparación, concertación, coordinación y formalización.
- ÍtemLas reparaciones civiles, en el segundo Juzgado Penal de Huancavelica, del año 2011, no son ejecutadas por la ineficacia de las normas peruanas(Universidad Nacional de Huancavelica, 2015) Dávila Martinez, Carmen; Flores Apaza, Esteban Eustaquio"LAS REPARACIONES CIVILES, EN EL SEGUNDO JUZGADO PENAL DE HUANCAVELICA, DEL AÑO 2011, NO SON EJECUTADAS POR LA INEFICACIA DE LAS NORMAS PERUANAS" El planteamiento del problema, ha sido nuestras motivaciones es que en forma diaria se observan en vista y paciencia como es que los sentenciados por los jueces penales, no pagan las reparaciones civiles, de inicio o en proyecto se ha plasmado claramente al respecto, ahora ya habiendo ejecutado la investigación efectivamente tenemos el resultado a nuestro planteamiento de problema; incluso paraello se ha formulado el problema siguiente: Como problema general: ¿Por qué motivos hay incumplimiento del pago de reparación civil por los sentenciados en el Segundo Juzgado Penal de Huancavelica, durante el año 2011? Como problema específico: - ¿En qué medida impide el cumplimiento del pago de reparación civil de los sentenciados la Constitución Política del Estado? - ¿En qué medida impide el cumplimiento del pago de las reparaciones civiles por parte del Derecho Penal? Estas informaciones fueron contrastadas con el resultado. Igualmente se ha tenido en cuenta el marco teórico, en la que se ha considerado todos los pasos necesarios; vale decir, de acuerdo a la esquema propuesta por nuestra Facultad de Derecho y Ciencias Políticas de la UNH, en ese contexto se ha aportado los antecedentes de las investigaciones, luego marco histórico, marco conceptual y las definiciones, finalmente el marco legal. Así mismo en la investigación se utilizó el tipo de investigación Jurídico ha sido considerado o es tipo básico o pura, se arribó al nivel de investigación es científico, se utilizó el método descriptivo y explicativo en base de los expedientes encontrados en el segundo juzgado penal de Huancavelica; con un diseño de investigación de corte transversal en el tiempo, utilizándose para tal propósito como técnica el análisis documental y como instrumento la ficha de registro de datos. La muestra se obtuvo aplicando el muestreo estratificado y para la selección de los elementos de la muestra para cada circunstancia observada (tipo de delito en que se fijó las reparaciones civiles, para la determinación del plazo razonable de pago y para la imposición de ejecución de pago) el muestreo aleatorio simple. Se analizaron los datos ya sea de forma cuantitativa y cualitativa. Los datos cuantitativos se organizaron en una matriz de tabulación (hecha en Excel o SPSS). El análisis de los datos se efectuó sobre esta matriz, la cual ha sido guardada en un archivo que contiene todos los datos recopilados. Los datos cualitativos se han organizado en archivos de documento (hechos en Word u otro semejante). Se realizó un análisis categórico, de tablas y gráficos de frecuencias simples y múltiples. Para la contratación de hipótesis, se ha empleado la prueba de proporciones de la distribución la normal y para la hipótesis general la prueba de Chi cuadrado, en ambos casos con un nivel de significación de 5%, nivel de confianza 95% y un margen de error 5%. Se realizó la confrontación de las hipótesis específicas como también la hipótesis general, donde se rechazaron las hipótesis nulas y en consecuencia se dio una aceptación a las hipótesis alternativas que son: (H1)(Ha): La ejecución del pago de reparación civil es a lo más en un 30%; (H2) (Ha): el Juez no adoptó mayoritariamente un adecuado criterio subjetivo en cuanto al tipo de delito en la que se fijó, en la determinación del plazo razonable de pago y la imposición de ejecución de pago; en la aplicación de la reserva del fallo condenatorio; (Ha): Existe por lo menos un 80% de la inejecución del pago de reparaciones civiles por lo tanto viene a ser una inadecuada por el Primer Juzgado Penal de Huancavelica durante el año 2011. Se ha llegado a comprobar en la investigación que el juez penal no adoptó mayoritariamente un adecuado criterio subjetivo en la ejecución de reparaciones civiles en cuanto al tipo de delito en la que se fijó, en cuanto a la determinación del plazo razonable de pago y en la imposición de ejecución de pago; y que además por la evaluación realizada sobre la aplicabilidad adecuada e inadecuada de la reparaciones civiles en el Primer Juzgado Penal se ha obtenido que más que ante la primera secretaria en un 66% y por ante la segunda secretaria del juzgado se encontró sin ejecución alguna en un 71 %; entonces los procesos sentenciados no se han ejecutado de manera inadecuada. Los resultados estadísticos se concluye que existe una inadecuada aplicación de las reparaciones civiles en el Primer Juzgado Penal de Huancavelica durante el año de 2011.
- ÍtemLas sentencias sobre pensión de alimentos vulnera el principio de igualdad de género del obligado en el Distrito de Ascensión - periodo 2013(Universidad Nacional de Huancavelica, 2015) Carhuapoma Tuncar, Kety Nerida; Flores Apaza, Esteban EustaquioEl presente trabajo de investigación titulado las "SENTENCIAS SOBRE PENSIÓN DE ALIMENTOS VULNERA EL PRINCIPIO DE IGUALDAD DE GÉNERO DEL OBLIGADO EN EL DISTRITO DE ASCENSIÓN - PERIODO 2013", nace de la interacción y observación de la investigadora acerca de la realidad que viven los padres alimentistas en las demandas por Pensión de Alimentos en donde ellos reciben poca o ninguna protección por parte de nuestra legislación peruana, el problema se agrava cuando el Juez al momento de emitir una sentencia en materia de alimentos se guía por estereotipos, por criterios personales dejando de lado el derecho positivo. Si bien los criterios que debe observar el Juez para la determinación de una pensión alimentaria se encuentran expresamente previstos en el artículo 481 o del Código Civil Peruano (capacidad del obligado y necesidad del alimentista), creo necesario valorar el contenido que los administradores de justicia les otorgan a fin de establecer los presupuestos básicos que deben utilizarse en la determinación de una pensión eficaz que cubra las necesidades del alimentista. Los resultados que presento se basan en un estudio cualitativo con la aplicación de métodos probabilísticos, para los cuales se analizó 100 expedientes con sentencia de primera instancia tramitados en el Juzgado de Paz Letrado de Ascensión del Distrito Judicial de Huancavelica, en el año 2013. Sobre esta base se ha formulado el problema de investigación en los siguientes términos ¿En qué medida las sentencias sobre pensión de alimentos vulnera el Principio de Igualdad de Género del obligado en el Distrito de Ascensión - periodo 2013? Asimismo el objetivo general fue planteado en los siguientes términos: Determinar la relación de las sentencias sobre pensión de alimentos y el Principio de Igualdad de Género del obligado en el Distrito de Ascensión - periodo 2013.. Como método general se utilizó el método hermenéutico como específicos el científico, inductivo, deductivo, analítico y sintético; para la recolección de datos, el proceso y la contrastación de la hipótesis se han empleado técnicas de investigación documental y el fichaje; asimismo, sus instrumentos fueron los expedientes judiciales y las fichas de datos sobre la sentencia sobre pensión de alimentos y el Principio de Igualdad, la misma que tiene asociado un nivel de validez mediante la opinión de los expertos y confiabilidad por el estadístico Alfa de Cronbach del 70%. Para el tratamiento de los datos se ha acudido al análisis estadístico, usando la estadística descriptiva e inferencia! con el estadístico "r" de Pearson. Los resultados arribados muestran que se ha rechazado la hipótesis nula, por consiguiente se ha aceptado la hipótesis alterna en el sentido de que las sentencias sobre pensión de alimentos, se relaciona de forma significativa con el Principio de Igualdad de Género del obligado en el Distrito de Ascensión- periodo 2013. Como conclusión del trabajo en mención se tiene el hecho que la evidencia empírica ha corroborado el hecho que las sentencias sobre pensión de alimentos se relaciona de forma significativa con el Principio de igualdad de Género del obligado en el Distrito de Ascensión- periodo 2013. La intensidad de la relación hallada es de r=78% que tienen asociado una probabilidad p.=0,0<0,05 por lo que dicha relación es significativa.