Tesis 2021
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Examinando Tesis 2021 por Materia "Derecho Privado"
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- ÍtemCAMBIO DE NOMBRE DE MENOR A CAUSA DE ABUSO SEXUAL PATERNAL Y VIGENCIA DE LA OBLIGACION ALIMENTICIA, HUANCAVELICA – 2018.(Universidad Nacional de Huancavelica, 2021-09-07) Lapa Huarcaya, Edgar; Del Carmen Iparraguirre, Denjiro FélixLa tesis titulada: Cambio de nombre de menor a causa de abuso sexual paternal y vigencia de la obligación alimenticia, Huancavelica – 2018, se realizó con el objetivo de determinar si amerita el cambio de nombre del menor (hijo-a) a causa de abuso sexual paternal, Huancavelica - 2018. El estudio se encaminó a través del método analítico – jurídico, la población y la muestra estuvo conformada por los magistrados del distrito Judicial de Huancavelica, 10 abogados litigantes adscritos en el Colegio de Abogados de Huancavelica. Los resultados demuestran que de 20 profesionales el 95% manifestó que si se justificaría el cambio de nombre del menor (apellido), frente al abuso sexual paternal, en el sistema jurídico peruano; en relación al abuso sexual – paternal, de 20 profesionales de la muestra, el 90% señalaron que el abuso sexual paternal es un factor predominante con consecuencias sociales y emocionales a corto y largo plazo; y en relación a la obligación alimenticia el 55% expresan que si se justificaría la vigencia de la obligación alimenticia a favor del menor (hijo-a) producto de abuso sexual paternal. En conclusión, sí se amerita el cambio de nombre del menor (hijo-a) a causa de abuso sexual paternal. Palabras clave: cambio de nombre de menor, abuso sexual paternal, vigencia de la obligación alimenticia.
- ÍtemConservación de la vocación hereditaria y la carga de la prueba en la separación de hecho, Huancavelica – 2020.(Universidad Nacional de Huancavelica, 2021-11-16) Inga Gamara, Fran Kevin; Lapa Inga, Zacarias Reymundo“CONSERVACIÓN DE LA VOCACIÓN HEREDITARIA Y LA CARGA DE LA PRUEBA EN LA SEPARACIÓN DE HECHO, HUANCAVELICA – 2020”, es el título de nuestra investigación, desarrollada para poder garantizar la vocación hereditaria del / de la cónyuge supérstite frente al fallecido cuando tuvo la voluntad de unirse. Proponemos como Objetivo General: Determinar si el código civil peruano regula que, la cónyuge sobreviviente conserva su vocación hereditaria si prueba su inocencia en la separación de hecho, Huancavelica – 2020.La metodología empleada fue el siguiente: Enfoque: Cuantitativo. Tipo de Investigación: Aplicada. Nivel de Investigación: Descriptivo y Exploratorio. Métodos de Investigación: Científico, Exegético, Deductivo, Descriptivo, analítico-Jurídico, Estadístico y Comparativo. Diseño de Investigación: No Experimental de tipo Descriptivo. Para la recolección de datos, el proceso y la contratación de la hipótesis se ha empleado la Técnica de la Encuesta y como instrumento el Cuestionario. Entre los resultados más importantes tenemos que la Tabla y Gráfico 13, Donde se observa que los resultados de la percepción de Jueces en lo Civil y Familia, Juzgados de Paz Letrado, Fiscales en lo Civil y Familia y personas (varón y/o mujer); el 96% (24) mencionan “No” y el 4% (1) menciona “Si” respecto a que dentro de nuestro código civil peruano existe algún artículo donde regule que la cónyuge sobreviviente conserva su vocación hereditaria si prueba su inocencia en la separación de hecho finalmente, concluimos que a través del presente trabajo de investigación se pudo determinar que el código civil peruano No, regula que, la cónyuge sobreviviente conserva su vocación hereditaria si prueba su inocencia en la separación de hecho, Huancavelica – 2020. Porque no existe un artículo que regule sobre este tema. Palabras Claves: Conservación, vocación hereditaria, carga de la prueba y separación de hecho.
- ÍtemDETERMINACIÓN DEL QUANTUM INDEMNIZATORIO POR DAÑO MORAL EN EL RETARDO DEL RECONOCIMIENTO PATERNO VOLUNTARIO, HUANCAVELICA – 2018.(Universidad Nacional de Huancavelica, 2021-03-16) Rivera Contreras, Yeni Elena; Basualdo Garcia, Percy EduardoLa presente investigación lleva por título: “DETERMINACIÓN DEL QUANTUM INDEMNIZATORIO POR DAÑO MORAL EN EL RETARDO DEL RECONOCIMIENTO PATERNO VOLUNTARIO, HUANCAVELICA – 2018”, la hemos desarrollado por la falta de cumplimiento por parte de los padres en cuanto a un reconocimiento oportuno de los hijos extramatrimoniales. El Objetivo fue: Determinar si existe en la localidad de Huancavelica una razonable determinación del quantum indemnizatorio por daño moral en el retardo del reconocimiento paterno voluntario, Huancavelica - 2018. La metodología empleada fue la siguiente: el Tipo de Investigación es Básica, el Nivel de Investigación es Exploratorio, Descriptivo y Correlacional, entre los Métodos de Investigación empleados fueron el Científico, el Analítico – Jurídico, la Síntesis, el Descriptivo, el Explicativo y el Estadístico; el Diseño de Investigación es un Diseño No Experimental de tipo Transversal Descriptivo; para la recolección de datos, el proceso y la contrastación de la hipótesis se ha empleado la Técnica de la encuesta y como instrumento el cuestionario. Entre los resultados más importantes tenemos [Q15] ¿Considera Ud. que en la localidad de Huancavelica existe una determinación del quantum indemnizatorio por daño moral en el retardo del reconocimiento paterno voluntario? El 36,5%(19) de los encuestados tienen respuesta positiva y el 63,5% (33) tiene respuesta negativa. Y como conclusión se ha determinado que Se ha determinado que no, existe en la localidad de Huancavelica una razonable determinación del quantum indemnizatorio por daño moral en el retardo del reconocimiento paterno voluntario, Huancavelica – 2018. Palabras Clave: Quantum indemnizatorio, daño moral, retardo, reconocimiento paterno voluntario.
- Ítem“EL ENRIQUECIMIENTO INDEBIDO EN CONTRAVENCIÓN DE LA SEGURIDAD JURÍDICA PATRIMONIAL DE CONVIVIENTE EN UNA UNIÓN DE HECHO IMPROPIA, HUANCAVELICA – 2019”(Universidad Nacional de Huancavelica, 2021-09-07) Crisóstomo Quispe, Zudi; Basualdo Garcia, Percy EduardoEl presente trabajo de investigación se encuentra dentro de la línea de investigación del derecho privado y tiene como objetivo determinar si procede el enriquecimiento indebido a causa de la contravención a la seguridad jurídica patrimonial de conviviente en una unión de hecho impropia, Huancavelica – 2019; para lo cual, tipo de investigación es la Científica Cuantitativo, nivel de investigación por la que se optó es la Descriptiva, el método es la Científica y el diseño que se empleo es la No Experimental, Transversal Descriptivo. Asimismo, como población se consideró a 40 profesionales del derecho entre ellos a Jueces, Fiscales y abogados litigantes; para lo cual, el instrumento utilizado para la recolección de datos fue la encuesta de 2 respuestas, y como técnicas de procesamiento de los datos se empleó el SPSS versión 25. Llegando a la conclusión de que se debe dar una indemnización por el aprovechamiento de los bienes patrimoniales sin causa justificada, asimismo como de las ventajas, frutos e incrementos económicos de los bienes patrimoniales; así pues, resulta necesaria la regulación del enriquecimiento indebido en las uniones de hecho impropia, haciendo una interpretación extensiva del último párrafo del artículo 326 de código civil, ya que existe una evidente inseguridad jurídica de los bienes adquiridos por parte de uno de los convivientes, que puede por astucia conseguir dentro de una unión de hecho impropia. Por ende, existe una falta de regulación respecto de las uniones de hecho impropia en relación a los bienes patrimoniales de uno de los convivientes. Palabras clave: Enriquecimiento indebido, contravención, seguridad jurídica patrimonial, unión de hecho impropia.
- ÍtemImplicancia de la tenencia negativa respecto al principio superior del menor y la efectividad del d. leg. n° 1297, Huancavelica – 2018.(Universidad Nacional de Huancavelica, 2021-11-16) Escobar Ramos, Mariela Teresa; Del Carmen Iparraguirre, Denjiro FélixEl presente trabajo de investigación lleva por título: “IMPLICANCIA DE LA TENENCIA NEGATIVA RESPECTO AL PRINCIPIO SUPERIOR DEL MENOR Y LA EFECTIVIDAD DEL D. Leg. N° 1297, HUANCAVELICA – 2018”, estudio realizado por la falta de regulación de la tenencia negativa en nuestro sistema, su vulneración del Principio Superior del Niño y Adolescente y por la falta de toma en consideración de este tipo de tenencia en cuanto al Decreto Legislativo N° 1297. El Objetivo general es el Determinar si existe implicancia de la tenencia negativa respecto al Principio Superior del Menor en el D. Leg. N° 1297, Huancavelica - 2018. La metodología empleada está estructurada de la siguiente manera: Tipo de Investigación: Básica, Nivel de Investigación: Exploratorio y Descriptivo, Métodos de Investigación: Analítico – Jurídico, el Sintético, el Descriptivo y el Estadístico, Diseño de Investigación: No Experimental de tipo Transversal Descriptivo; para la recolección de datos, el proceso y la contratación de la hipótesis se ha empleado la Técnica de la Encuesta y el análisis de fuentes bibliográficas y como instrumento el Cuestionario. Entre los resultados más importantes tenemos que la Tabla y Gráfico 17, observamos los resultados de la percepción de los Magistrados Especialistas en Derecho Civil y Familia del Distrito Judicial de Huancavelica y Abogados litigantes adscritos al Colegio de Abogados de Huancavelica; el 10% (5) mencionan “No” y el 90% (47) menciona “Si” respecto a que considera que existe implicancia de la tenencia negativa respecto al principio superior del menor en el Decreto Legislativo N° 1297. Finalmente, se tiene como conclusión que, para garantizar los intereses y derechos del niño y el adolescente se debe de profundizar más sobre los temas de las variables de la presente investigación, ya que se ha determinado la implicancia de la tenencia negativa respecto al principio Superior del Niño y Adolescente, cuando ninguno de los progenitores tiene el deseo de hacerse cargo del menor. Frente a ello se deben establecer más políticas públicas en favor del menor teniendo en cuenta la tenencia negativa. Palabras Claves: Implicancia, Tenencia Negativa, Principio Superior del Menor y efectividad.
- ÍtemRegulación de los principios: protección del más débil y del indubio pro agredido como consecuencia de la ineficacia de la Ley N° 30364, Huancavelica – 2018(Universidad Nacional de Huancavelica, 2021-05-18) Hilario Huamani, Jabitja Maly; Del Carmen Iparraguirre, Denjiro FélixNuestro trabajo de investigación lleva por título “Regulación de los principios: Protección del más débil y del Indubio pro agredido como consecuencia de la ineficacia de la Ley N° 30364, Huancavelica-2018”, estudio realizado por los altos índices de violencia familiar a la fecha y por la insuficiencia legislativa de la ley antes mencionada. Sobre esta base se ha formulado el siguiente problema: ¿Cabe la importancia de regular los principios de Protección del más débil y del Indubio pro agredido como consecuencia de la ineficacia de la Ley N° 30364, Huancavelica - 2018? Así mismo el Objetivo General es: Determinar si resulta importante la regulación de los principios de Protección del más débil y del Indubio pro agredidocomo consecuencia de la ineficacia de la Ley N° 30364, Huancavelica - 2018. En el presente trabajo de investigación la metodología estuvo diseñada de la siguiente forma:el Tipo de Investigación es Básica, el Nivel de Investigación es Exploratorio, Descriptivo y Correlacional, entre los Métodos de Investigación empleados fueron el Científico, Analítico – Jurídico, el Sintético, el Descriptivo y el Estadístico, el Diseño de Investigación es un Diseño No Experimental de tipo Transversal Descriptivo; para la recolección de datos, el proceso y la contratación de la hipótesis se ha empleado la Técnica de la encuesta y como instrumento el cuestionario. Entre los resultados másimportantes tenemos que la tabla y gráfico No. 23 donde observamos los resultados de la percepción de la población encuestada; el 8% (2) consideran que “No”, el 92% (23) considera que “Si”, respecto a considerar que resulta importante la regulación de los principios de protección del más débil y del Indubio pro agredido como consecuenciade la ineficacia de la Ley N° 30364. Y como conclusión se ha determinado que sí, resulta importante la regulación de los principios de Protección del más débil y del Indubio pro agredido como consecuencia de la ineficacia de la Ley N° 30364 en la localidad de Huancavelica.