La declaración única de víctimas de violencia como prueba preconstituida en el juzgado de familia del distrito judicial de Huancavelica en el año 2017.

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Fecha
2021-11-16
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Editor
Universidad Nacional de Huancavelica
Resumen
La declaración de víctimas de violencia familiar conforme al artículo 19 de la ley 30364 tiene carácter de prueba preconstituida y como tal es fundamental la reclamación de dichas declaraciones por parte de la Policía Nacional del Perú quien a través de un informe eleva al representante del Ministerio Público ye este mediante la oralización incorporará dicha prueba en el juicio oral. La investigación desarrollada es con la finalidad de determinar si existe relación entre ambas variables es decir, la declaración de víctimas de violencia familiar y la prueba preconstituida en el distrito judicial de Huancavelica, los cuales luego de la realización de la tesis hemos llegado a la conclusión de que ambas variables se relacionan significativamente, es decir, en el distrito judicial en Huancavelica, los operadores del derecho, cumplen en gran medida la aplicación del artículo 17 de la ley 30364.
Descripción
Palabras clave
prueba preconstituida.
Citación
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