Dilación indebida en el procedimiento administrativo trilateral respecto al mejor derecho de posesión incoados ante Cofopri durante los años 2017 – 2018, región Huancavelica

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Fecha
2022-04-26
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Editor
Universidad Nacional de Huancavelica
Resumen
La presente investigación persigue, a través de la probabilidad ofrecida por las estadísticas demostrar si se da la dilación indebida en el procedimiento administrativo trilateral incoado por los administrados que acuden a la institución pública elegida, para esta investigación, Cofopri, de la misma manera se determinará las falencias en la aplicación del control de plazos contenido en el Reglamento de Normas que regulan la organización y funciones de los órganos de Cofopri responsables del conocimiento y solución de medios impugnatorios, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 039-2000- MTC. Así como el T.U.O de la Ley del Procedimiento administrativo General Ley N° 27444, como norma supletoria que regula el procedimiento administrativo general en el sector público. El clamor popular de aquellos quienes acuden a realizar diversos trámites ante un organismo del sector público, es la atención de sus pedidos dentro del plazo prudente, se ha observado que este fenómeno (dilación indebida), es frecuente en diversas entidades de la administración pública, funcionarios y/o servidores públicos competentes para la tramitación de solicitudes de los administrados utilizan la mal llamada “carga laboral” para escudar su omisión permitiendo que los procedimientos en ciertos casos se prolonguen más de lo permitido, sumado a ello que resulta un saludo a la bandera los recursos de queja interpuestos por los usuarios (aparentemente “como remedio procesal”), cuyo objetivo debería ser la de agilizar con apremio las solicitudes incoadas, sin embargo, en su mayoría son recursos que terminan dilatando más el proceso iniciado.
Descripción
Palabras clave
Cofopri
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