Presencia virtual del procesado, en la aplicación del nuevo codigo penal, en la ciudad de Huancavelica

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Fecha
2015
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Editor
Universidad Nacional de Huancavelica
Resumen
El presente trabajo de investigación está referido a la Presencia Virtual del Procesado (que se encuentre en el extranjero o en lugar lejano a la sede jurisdiccional) en las Audiencias, en la aplicación del Nuevo Código Procesal Penal, de manera específica en los delitos de bagatela y culposos; y esto, por razones de utilidad (oportunidad, eficiencia y ahorro), la misma, que se daría de manera excepcional y motivada (lo que significa que los magistrados al momento de calificar la procedencia de la presencia virtual en cada caso concreto, deberán tener presente la concurrencia de los requisitos de necesidad, adecuación y proporcionalidad), teniéndose como propósito primordial de contribuir con la Administración de Justicia de Huancavelica y de nuestra Nación, y así lograr que la culminación de los procesos penales se solucionen en el menor tiempo posible, o en los plazos establecidos en las normas, es decir, dentro de un plazo razonable, ya sea por medio de procesos especiales (Principio de oportunidad, Acuerdo Reparatorio, Terminación Anticipada y otros.) o comunes; esto a través de la videoconferencia como una técnica moderna y procedimiento menos complicado conforme al desarrollo de la sociedad y al avance de la tecnología, y que, conforme a los resultados obtenidos nos muestran que la presencia virtual del procesado dentro del proceso penal contribuirá para lograr una justicia rápida, eficaz y de calidad. Por lo que, a través de la recolección y procesamiento de datos se tiene una grado máximo de aceptación a la Presencia Virtual del Procesado, el mismo que confirma la hipótesis de investigación, ya que se ha determinado que el 90% de los casos, consideran que la presencia virtual del procesado contribuirá para lograr una justicia en un tiempo razonable, y que únicamente el 10% de los casos consideran que no contribuirá en la Administración de Justicia. Por lo que, se concluye que la presencia virtual del procesado si contribuirá en la culminación de los procesos, en el menor tiempo posible o dentro de los plazos establecidos en el Nuevo Código Procesal Penal- Decreto Legislativo N°957 con un 90% de confianza, conforme a los resultados obtenidos en la parte estadística.
Descripción
Palabras clave
Nuevo código procesal penal, Procesado, Presencia virtual
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