Trasgresión del derecho alimentario debido a la inobservancia de las leyes N° 27007 y 26872, Huancavelica 2018 - 2019.
No hay miniatura disponible
Archivos
Fecha
2022-12-05
Autores
Título de la revista
ISSN de la revista
Título del volumen
Editor
Universidad Nacional de Huancavelica
Resumen
El presente trabajo de investigación lleva por título “Trasgresión al derecho alimentario debido a la inobservancia de las leyes n° 27007 y 26872, Huancavelica 2018 - 2019”, se realizó debido a la importancia que se debe tener en cuenta los artículos 2 de la Ley N° 27007 y el artículo 16° de la Ley Nº 26872 para que no exista transgresión al derecho alimentario del niño, niña y adolescente. Este estudio tuvo como objetivo general, Determinar si existe transgresión al derecho alimentario debido a la inobservancia de las leyes N° 27007 y 26872 en Huancavelica durante los periodos 2018 – 2019. A su vez la metodología empleada en este trabajo fue el siguiente. Tipo de investigación: aplicada, nivel de investigación: descriptivo y exploratorio, los métodos empleados fueron: el científico, el descriptivo, el analítico y el bibliográfico, diseño de investigación: no experimental transversal. Por otro lado, las técnicas aplicadas fueron el análisis documental y la encuesta y los instrumentos fueron la guía de observación y el cuestionario. En cuanto a lso resultados tomamos como referencia la tabla y gráfico Nº5 se observa el resultado de la percepción de los trabajadores de la DEMUNA – Huancavelica; el 11% (1) mencionan “NO” y el 89% (8) mencionan “SI” con respecto a que considera imperativo lo plasmado por el artículo 16 de la Ley Nº 26872 al señalar: el acta es el documento que expresa la manifestación de voluntad de las partes en la Conciliación Extrajudicial y su validez está condicionada a la observancia de las formalidades establecidas en la presente Ley, bajo sanción de nulidad. Por todo esto hemos llegado a la conclusión de que se pudo determinar que sí, existe trasgresión al derecho alimentario debido a la falta de un Conciliador en la Defensoría del Niño y Adolescente de Huancavelica, durante los periodos 2018 – 2019. La mayoría de encuestados 89% mencionaron que están de acuerdo que La Defensoría del Niño y Adolescente debe contar con un conciliador para celebrar conciliaciones extrajudiciales en materia de alimentos y de esta manera garantizar los derechos del niño y el adolescente.
Descripción
Palabras clave
Trasgresión, Derecho alimentario, Inobservancia, Leyes N° 27007 y 26872