Tesis 2016
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- Ítem“La ejecución de obra pública por la modalidad de contrata en la gerencia Sub Regional de Angaraes Huanacvelica 2010 , 2014”(Universidad Nacional de Huancavelica, ) Chuquiyauri Curo, Lizbeth; Flores Apaza, Esteban EustaquioEl presente trabajo de investigación titulado “LA EJECUCIÓN DE OBRAS PÚBLICAS POR LA MODALIDAD DE CONTRATA EN LA GERENCIA SUB REGIONAL DE ANGARAES HUANCAVELICA 2010 – 2014.” Responde a las deficiencias jurídico administrativas encontradas en la ejecución de obras públicas por contrata en la Gerencia Sub Regional de Angaraes durante los años del 2010 al 2014, la que se fundamenta, justifica y desarrolla en una amplia construcción teórica, e investigación de campo, que nos permite conocer y plantear una alternativa de solución al problema investigado; con el propósito de contribuir objetivamente a mejorar la administración pública relacionada con las contrataciones estatales específicamente en la ejecución de obras y por ende garantizar la efectiva fiscalización de los recursos públicos destinados a los gobiernos regionales. Esto debido a que no se dispone de un personal eficiente y un sistema de fiscalización interno, que contribuya al eficiente logro de los objetivos y metas previstas por Estado “bien común”, el objetivo general es conocer como se ha venido dando, la ejecución de obras públicas por la modalidad de contrata en la Gerencia Sub Regional de Angaraes del periodo 2010 al 2014. La hipótesis que se planteó para para el desarrollo de la presente investigación es: En la Gerencia Sub Regional de Angaraes se evidencian deficiencias jurídico administrativo, en la ejecución de obras públicas por la modalidad de contrata en el periodo 2010 al 2014, la investigación que se está desarrollando es de tipo básica, el nivel de investigación es descriptiva, la población y muestra de investigación está conformado por: los servidores y funcionarios públicos de la Gerencia Sub Regional de Angaraes y por los expedientes de ejecución de obras encontradas en la Gerencia Sub Regional de Angaraes, las técnicas de investigación utilizadas fueron: La encuesta, con su instrumento el cuestionario de encuesta y la observación (expediente de ejecución de obra) y toma 7 de datos a través de un formulario de preguntas como instrumento de recolección de datos. Los resultados obtenidos en la investigación demuestran que en la Gerencia Sub Regional de Angaraes se evidencian deficiencias jurídico administrativo, en la ejecución de obras públicas por la modalidad de contrata en el periodo 2010 al 2014, por lo que se recomienda el sistema de Fiscalización, control y monitoreo enmarcados en la Ley de Contrataciones con el Estado y las distintas Directivas otorgadas para la ejecución de obras públicas por la modalidad de contrata, de modo que permita una eficiente administración pública.
- Ítem‘‘El cambio de apellidos en los hijos extramatrimoniales por reconocimiento ulterior del progenitor para el ejercicio inmediato de sus derechos filia torios en el distrito judicial de Huancavelica en los años 2012 al 2014"(Universidad Nacional de Huancavelica, 2016) Hilario Moran, Odolfredo; Orellana Perez, Pedro MijaílEl trabajo de investigación bajo la modalidad de Tesis titulado: "EL CAMBIO DE APELLIDOS EN LOS HIJOS EXTRAMATRIMONIALES POR RECONOCIMIENTO ULTERIOR DEL PROGENITOR PARA EL EJERCICIO INMEDIATO DE SUS DERECHOS FILIATORIOS EN EL DISTRITO JUDICAL DE HUANCAVELICA EN LOS AÑOS 2012- 2014" Bajo esta consideración, el presente Trabajo de investigación, Dentro de las disposiciones referidas a Filiación Extramatrimonial a partir del año 1984 con la promulgación del Código Civil vigente, se considera que los hijos extramatrimoniales son los concebidos y nacidos fuera del matrimonio, pueden ser reconocidos por el padre y la madre conjuntamente o por uno solo de ellos, así como también por los abuelos o abuelas de la respectiva línea en el caso de la muerte del padre o de la madre, o cuando se encuentren en estado de incapacidad, tomando en consideración que los padres sean menores de catorce años. Hasta el año 2006: "El código civil mantenía clasificaciones respecto a la condición de los hijos, así los denomina hijos matrimoniales y extra matrimoniales, señalando para cada uno de ellos una distinta regulación" Posteriormente la Ley W 28720 del año 2006 modificó el artículo 21 o del Código Civil para disponer, en su primer párrafo, "que el padre o la madre que efectúen separadamente la inscripción del nacimiento del hijo concebido y nacido fuera del vínculo matrimonial podrán revelar el nombre de la persona con quien lo hubieran tenido, supuesto en el que el hijo llevará el apellido del padre o de la madre que lo inscribió, así como del presunto progenitor, no estableciendo en este último caso vínculo de filiación". La ley 28720 pretendía reafirmar el derecho fundamental del nombre debido a que antes de la modificación los hijos extramatrimoniales solo tenían el derecho de llevar los apellidos de sus padres siempre que sean reconocidos por estos. En tal sentido, está orientada a brindar facilidades para inscribir a los recién nacidos cuando no son reconocidos por alguno de sus progenitores y no existe vínculo matrimonial, de manera que el padre o la madre pueda inscribirlo con el apellido del supuesto progenitor, sin que ello signifique el establecimiento de vínculo de filiación alguno. El fondo del asunto estaba en variar el énfasis de la protección del nombre del padre presunto, a la tutela del derecho al nombre y la identidad garantizada por la Constitución. El derecho a la verdadera filiación coincide con el derecho a la identidad, demanda que existan normas jurídicas que no obstaculicen y que por el contrario faciliten y garanticen que el niño denominado como extramatrimonial se integre a la filiación con sus connotaciones, es por ello que la identidad es una unidad compleja y es lo que se debe preservar en el derecho. El derecho del hijo a conocer su verdadera identidad está por encima del derecho de resguardar la intimidad del presunto padre, y en caso de contraproposición entre ambos derechos, el primero necesariamente debe prevalecer, ello por una ponderación de derechos fundamentales en conflicto, ante lo cual se establece que el derecho a la verdadera identidad está por encima del derecho a la intimidad, que únicamente recae en la esfera individual, más el primero tiene un carácter de "orden público". En tal sentido, la norma publicada que modificó los artículos 20° y 21 o del Código Civil buscaba dar una solución al problema de muchos niños y adolescentes que carecen de apellidos e identidad, con lo cual sus posibilidades de acceso a la ciudadanía se ven considerablemente afectadas. El primer párrafo del artículo 21 o determina que: "El hijo llevará el apellido del padre o de la madre que lo inscribió, así como el del presunto progenitor y no hay pronunciamiento acerca de él orden de los apellidos, su redacción podría conducir a entender que el primero de ellos es, necesariamente, el apellido del/la progenitor/a que inscribió el nacimiento del hijo, seguido del apellido del presunto progenitor. En ese orden. Así, en el caso de ser la madre quien reconoce a dicho hijo, el orden de sus apellidos sería el de la mujer y luego el del varón. En este sentido resulta forzoso remplazar el primer párrafo del artículo 21 o y establecer el orden de los apellidos del niño en el caso del padre o la madre que efectúe separadamente la inscripción del nacimiento del hijo concebido y nacido fuera del vínculo matrimonial. En su tercer párrafo el mismo artículo 21 o prescribe que cuando la madre no revele la Identidad del padre, podrá inscribir a su hijo con sus apellidos Es conveniente examinar que, en el supuesto contemplado en esta norma, la revelación del nombre de la persona con quien hubieran tenido el hijo concebido y nacido fuera del vínculo matrimonial constituye tanto facultad del padre como de la madre. En este sentido, el contenido de dicho tercer párrafo debe contemplar ambas hipótesis. En el Perú, de acuerdo al Código Civil de 1936 y al Reglamento para la Organización y Funcionamiento de los Registros de Estado Civil (aprobado el1 de julio de 1937), existía Una diferencia en la conformación del nombre de los hijos legítimos y los ilegítimos. "El nombre del hijo legítimo se constituía con el prenombre o prenombres elegidos por los progenitores y por los primeros apellidos de ambos, respectivamente. La constitución del nombre en los hijos ilegítimos seguía similar regla, con la diferencia que, en caso de no acudir alguno de los progenitores no se podía revelar el nombre de la persona con la que se tuvo el hijo, es decir, podría omitirse el nombre del progenitor que no acudía al reconocimiento" Recién con la Constitución Política Peruana de 1979 se establece la igualdad de los hijos. Esta fue reproducida en la Constitución Política de 1993, donde existe cierta equiparación entre la filiación matrimonial y la extramatrimonial. Es por eso que, en la actualidad, no hay distinción expresa entre hijos legítimos e hijos ilegítimos. Respecto a la conformación del nombre, el artículo 20 del actual Código Civil de 1984 señala: Al hijo le corresponde el primer apellido del padre y el primero de la madre. No obstante, es preciso indicar que, si los padres del menor tienen un vínculo matrimonial, cualquiera de ellos puede registrarlo, a diferencia del hijo nacido fuera del vínculo matrimonial, aquel que lo inscribe podrá revelar el nombre de la persona con quien lo hubiera tenido. En este supuesto, el hijo llevará el apellido del padre o de la madre que lo inscribió, así como del presunto progenitor, no estableciéndose vínculo de filiación en este último caso.
- Ítem"Fundamentos doctrinarios constitucionales para una innovación legal que regule la prestación de alimentos a la conclusión de la unión de hecho "(Universidad Nacional de Huancavelica, 2016) Curasma Trucios, Gaby Janet; Orellana Pérez, Pedro MijaílEl propósito u objetivo de la presente investigación es determinar cuáles son los fundamentos doctrinarios constitucionales para una innovación legal en la prestación de alimentos a la conclusión de las uniones de hecho por decisión unilateral, investigación que se realizó en el Distrito Judicial de Huancavelica entre ellos la opinión de los operadores jurídicos, abogados litigantes y docentes universitarios durante el año 2015. También se pretende exponer brevemente los fundamentos constitucionales que se encuentran establecidas en los tratados de derechos humanos y de nuestro país que es parte obligada por el principio de "Pacta sunt seNanta". Se utilizó el tipo de investigación Básica o Pura, se arribó al nivel de investigación Científico, descriptivo- explicativo, se usó el método dogmático y dialéctico con un diseño no experimental, utilizando para tal propósito el instrumento de la encuesta, como medio de recolección de datos, así como jurisprudencia y doctrina jurídica; para el procesamiento de datos se trabajó con el programa estadístico SPSS 22.
- ÍtemCumplimiento de la situación resocializadora de los internos para su reinserción a la sociedad del Inpe - Huancavelica 2014(Universidad Nacional de Huancavelica, 2016) Riveros Lizana, Moises; Flores Apaza, Esteban EustaquioLa importancia del desarrollo de la presente investigación “Cumplimiento de la situación resocializadora de los internos para su reinserción a la sociedad del INPE- Huancavelica periodo 2014”, versa en que trata un tema trascendental para el Derecho Penal como es la situación resocializadora de los internos, la cual constituye la modalidad punitiva de mayor aplicación y controversia en la mayoría de las legislaciones actuales. Asimismo, se da a conocer la realidad penitenciaria (hacinamiento, sobrepoblación, efectos físicos, psicológicos y sociales que provoca la prisión en la persona privada de libertad, etc.). El objetivo general planteado en la presente investigación fue: “Determinar el grado de aplicación de la Función de resocialización en los internos del centro penitenciario INPE Huancavelica, periodo 2014”. El presente trabajo de investigación fue desarrollado en base a trabajos similares realizados con anterioridad descrito en los antecedentes del estudio y sustentado con las bases teóricas y legales, normas, procedimientos y mecanismos que regulan la función re socializadora de los internos del INPE. Para hacer posible este trabajo de investigación se tuvo como participación efectiva a 30 trabajadores del Centro penitenciario INPE de Huancavelica, encuestados y para obtener la información requerida se procedió en primera instancia a recopilar datos documentales y teóricos para sustentar el estudio, luego para hacer el diagnóstico, se aplicó un cuestionario, el cual se elaboró en atención a los objetivos de estudio. Para su elaboración se aplicó un instrumento que permitiera conocer la realidad de información acerca de la Función de resocialización de los internos del INPE – Huancavelica y posteriormente se analizó esto contra la clasificación seleccionada y se definieron la información de cada trabajador en referencia a la variable de estudio. Con esto se procedió a integrarlo con los procesos de selección, evaluación de información y capacitación de los trabajadores del INPE-Huancavelica en relación a la Función de resocialización.
- Ítem“Penas por debajo del minimo legal impuestos por los magistrados, ante la confesión sincera en violación sexual de menores de 14 años- CSJ-H.2014”(Universidad Nacional de Huancavelica, 2016) Antezana Chahuayo, Ibeth Magdalena; Flores Apaza, Esteban EustaquioEl propósito de la presente investigación nace a raíz de que cuando toca realizar un análisis acerca del delito de Violación Sexual y especialmente el delito de Violación Sexual de menor - , surge un debate de carácter jurídico, pero también de naturaleza sociológico, a fin de analizar y determinar cuán importante es penalizar determinadas conductas o agravar los delitos ya existentes, para lograr la disminución del índice delictivo relacionado a estos delitos en salvaguarda de los derechos de las víctimas y de la Sociedad, así como también para lograr los fines del derecho penal desde la perspectiva del agresor . Hemos visto cómo en esta última década el delito de violación sexual de menor ha sufrido diversas modificaciones, adecuando nuevos supuestos delictivos, así como agravando las penas respectivas; todo lo cual ha resultado, según lo dicho, de priorizar la necesidad de aplicar una política criminal conducente a la disminución del elevado índice delincuencial para estos delitos. por ello existen dos posiciones una de ella que defiende que la confesión sincera sea aplicable en el delito de violación sexual de menores de 14 años, y con ello la disminución de la pena por debajo del mínimo legal si existe confesión sincera, la disminución de la pena seria 1/3, y a la vez por tratarse de un proceso ordinario se aplica también la conclusión anticipada obteniéndose la disminución de la pena hasta por 1/6, por lo que mediante el presente trabajo apoyamos a la posición de que no se debería aplicar la disminución de la pena por confesión sincera y la conclusión anticipada puesto que se estaría dejando en grave afectación a la víctima de este delito ya que se estaría liberando a su agresor en un tiempo por debajo del mínimo legal.
- Ítem“Políticas públicas contra la violencia familiar a través del servicio del centro emergencia mujer de Huancavelica durante el año 2015”(Universidad Nacional de Huancavelica, 2016) Conce Ramos, Nancy Aurelia; Orellana Perez, Pedro MijaílLa investigación titulada: “POLÍTICAS PÚBLICAS CONTRA LA VIOLENCIA FAMILIAR A TRAVÉS DEL SERVICIO DEL CENTRO EMERGENCIA MUJER DE HUANCAVELICA DURANTE EL AÑO 2015” nace de la interacción y observación de la investigadora en el Centro Emergencia Mujer de Huancavelica. Sobre esta base se ha formulado el problema ¿En qué medida las políticas públicas se relacionan con la violencia hacia las mujeres a través de los servicios que brindo el Centro Emergencia Mujer de la Municipalidad Provincial de Huancavelica durante el año 2015? Asimismo el objetivo general fue planteado en los siguientes términos: Determinar la relación de las políticas públicas y la violencia hacia las mujeres a través de los servicios que brindo el centro emergencia mujer de la Municipalidad Provincial de Huancavelica durante el año 2015. Como método general se utilizó el método científico y como específicos el inductivo, deductivo, hipotético – deductivo y analítico sintético; para la recolección de datos, el proceso y la contrastación de la hipótesis se han empleado técnicas de investigación documental, de fichaje y de investigación de campo y sus instrumentos fueron los libros las fichas y el cuestionario de encuesta de políticas públicas contra la violencia familiar, la misma que tiene asociado un nivel de validez mediante la opinión de los expertos y confiabilidad por el estadístico alfa de cronbach del 77%. Para el tratamiento de los datos se ha acudido al análisis estadístico, usando la estadística descriptiva e inferencial con el estadístico chi cuadrado. Los resultados muestran que se ha rechazado la hipótesis nula, por consiguiente se ha aceptado la hipótesis alterna en el sentido de que las políticas públicas se relacionan con la violencia hacia las mujeres a través de los servicios que brindo el centro emergencia mujer de la Municipalidad Provincial de Huancavelica durante el año 2015 al nivel del 0,05. Como conclusión se tiene el hecho que las políticas públicas y de servicio de atención en el centro emergencia mujer contribuye de forma positiva en la violencia familiar en Huancavelica periodo 2015, la intensidad identificada es del 80% que se tipifica como una correlación positiva fuerte, la probabilidad asociada es P(2>54)=0,0<0,05. En el 23,3% de los casos los servicios que brinda es bajo, en el 43,3% es media y en el 33,3% es alta; asimismo en lo referente a la violencia familiar en el 20% de los casos es bajo, el 63,3% de los casos es medio y el 16,7% de casos es alto.
- Ítem“La separación de hecho,como causal objetiva del divorcio remedio, Huancavelica - 2015”(Universidad Nacional de Huancavelica, 2016) Andia Flores, Andres Elvin; Del Camen Iparraguirre, Denjiro FélixLa presente investigación está enmarcada en el área del derecho Privado, Derecho Civil; referida a la causal de Separación de Hecho, como causal objetiva del llamado Divorcio Remedio; ejecutados en la localidad de Huancavelica durante el periodo 2015. En el presente trabajo de investigación se han planteado interrogantes, siendo el problema principal: ¿Constituye una garantía eficaz la separación de hecho, como causal del divorcio en la Corte Superior de Justicia de Huancavelica en el periodo 2015?; siendo el Objetivo General del estudio: Determinar la eficacia de la causal de separación de hecho en la Corte Superior de Justicia de Huancavelica en el periodo 2015. ; Así mismo la Hipótesis General es el siguiente: La separación de hecho, como causal del divorcio, NO constituye una garantía eficaz en la Corte Superior de Justicia de Huancavelica, pues esta causal se viene aplicando o invocando con poca frecuencia. El Tipo de Investigación es Básica, el Nivel de Investigación es descriptivo y exploratorio; el Diseño de investigación es, no experimental de tipo descriptivo; se empleó la Técnica de la encuesta y como instrumento el cuestionario, para la recolección de datos. En la presente investigación se llegaron a las siguientes conclusiones: 1. De acuerdo a la investigación en el marco jurídico realizado, la separación de hecho, como causal divorcio en el sistema judicial de Huancavelica se presenta de manera eficaz, en tiempo, deberes conyugales, obligaciones alimenticias y valores familiares. 2. La dimensión sanción y remedio en el sistema judicial de Huancavelica es eficaz a pesar de no existir investigadas en divorcio sanción que busca resolver el conflicto y la culpa, mientras que en el divorcio remedio los indicadores son el estado de vida en común, la cohabitación, matrimonios y ficticios. 3. En los procesos de separación de hecho, el juez velara por la estabilidad económica del cónyuge que resulte perjudicado con la separación, así como la de sus hijos. Asimismo esta causal es considerada como un sistema mixto, ya no se toman en consideración el factor de atribución dolo o culpa de los cónyuges. Asimismo se arribó a las siguientes recomendaciones: 1. El Estado, la dogmática jurídica, la investigación científica, así como la magistratura, debe ser enfocada a generar lineamientos de soporte a la permanencia de las familias, ya sea como a la comunidad de vida entre los cónyuges y el normal desarrollo de sus integrantes. 2. Que los jueces de oficio deberían aplicar los artículos 324, 343 y 352 de la norma sustantiva civil; referidas a referidos a la pérdida de gananciales por separación de hecho, pérdida de derechos hereditarios del cónyuge culpable y la pérdida de gananciales del cónyuge culpable. 3.Que los jueces al momento de admitir la demanda por separación de hecho, solo deberían tomar en cuenta el propio hecho de la separación efectiva o cese de la convivencia; dicho en palabras más sencillas, constatar que la ruptura es definitiva, mas no considerar o evaluar situaciones de menor importancia. 4. Se requiere de una constante y mayor productividad de la doctrina y, especialmente, de la jurisprudencia para la real comprensión de los preceptos incorporados al ordenamiento jurídico positivo por la Ley N° 27495.
- ÍtemProhibición al uso indebido de la planta nativa: congona,en el delito de aborto por las parteras tradicional de la Provincia de Huancavelica, durante el año 2013(Universidad Nacional de Huancavelica, 2016) Carranza Mellado, Jahleel Arely; Luna Hernández, Luis AlbertoLa presente tesis titulada “PROHIBICIÓN AL USO INDEBIDO DE LA PLANTA NATIVA: CONGONA, EN EL DELITO DE ABORTO POR LAS PARTERAS TRADICIONALES DE LA PROVINCIA DE HUANCAVELICA, DURANTE EL AÑO 2013”; tiene como objetivo Plantear la prohibición al uso indebido de la planta nativa: Congona, en el delito de aborto por las parteras tradicionales en mujeres en edad fértil, pues se busca conocer los efectos de la planta nativa: congona y el mal uso como brebaje para ocasionar el aborto y consecuentemente disminuir el porcentaje de mortalidad de las mujeres en edad fértil. Para ello se realizó una investigación de tipo básico, nivel descriptivo, con método general deductivo y básico, el diseño de estudio consistió en un diseño descriptivo simple, aplicando la guía con escala a una muestra de 50 parteras, seleccionada aleatoriamente por racimos. Los resultados fueron analizados en el programa estadístico SPSS – 19. Se encontró que en un 84% de las parteras encuestadas si practicaron el aborto con el uso de forma indebida de la planta nativa: congona en la provincia de Huancavelica. El 88% de las parteras entrevistadas señalan conocer sobre el delito de aborto, practicándolo aún más porque la mayoría (82%) de las parteras o naturistas no fueron procesados ni acusados por este delito, siendo solo pocos (18%) los acusados por este delito pero no ante la autoridad respectiva. Por otro lado, debemos afirmar que la “Congona” es una mata en la que predomina el color verde, tiene hojas verdes y ovaladas, carece de flor y tiene un aroma agradable, similar a la menta, necesitando de cierta humedad para crecer. La parte de la planta más utilizada por las parteras son las hojas por su fácil recolección y por tener mayor concentración de sus principios activos. Teniendo un efecto uterotónico al ocasionar dolores tipo parto o cólico menstruales hasta llegar a un sangrado regular con presencia de coágulos, lo que afirma su efecto abortivo. Además las 13 parteras mencionan que a dosis altas pueden producir daños irreversibles en el útero como la esterilidad. Puesto que Vc>Vt (22.998 >1,67) decimos que se ha encontrado evidencia para rechazar la hipótesis nula; y aceptamos la hipótesis de investigación que: Es necesario la prohibición al uso indebido de la planta nativa: Congona, en el delito de aborto, por las parteras tradicionales de la Provincia de Huancavelica. El uso indebido de la planta nativa: congona se presenta en el delito de aborto por las parteras tradicionales de la provincia de Huancavelica durante el año 2013. Se concluye que es necesaria la aplicación de una nueva ley que prohíba el uso indebido de la planta nativa “Congona” para fines abortivos, utilizadas por las parteras o por las mismas gestantes.
- Ítem“La impunidad del delito de aborto en las adolescentes en la ciudad de Huancavelica durante el 2013”(Universidad Nacional de Huancavelica, 2016) Quispe Gómez, Blanca Florencia; Flores Apaza, Esteban EustaquioEl objetivo principal de la presente investigación es: Conocer los factores de mayor impacto en la incidencia de la impunidad del delito de aborto en las adolescentes en la ciudad de Huancavelica durante el 2013. Métodos: La propuesta metodológica corresponde al ámbito del derecho procesal penal, es de tipo jurídico-descriptivo y aplica el método descriptivo. Se hizo uso del diseño no experimental de carácter transversal, concretamente descriptivo simple, empleando un cuestionario de encuesta, en una población conformada de 10 adolescentes huancavelicanas y la Jurisdicción de los Operadores Jurídicos. Resultados: Se logró determinar que los Factores Políticos-Legales específicos que influyen en la incidencia de la Impunidad del delito de aborto en las adolescentes en la ciudad de Huancavelica, son: a) El 90% de los Operadores Jurídicos señalaron que no se valora la vida del feto desde la concepción, b) El 50% de los Operadores Jurídicos señalaron que la Penalidad del Aborto por violación sexual y eugenésica en la práctica se traduce en la impunidad, por cuanto la duración de la investigación supera ampliamente estos tres meses de pena que establece el Código Penal; c) El 80% de los Operadores Jurídicos señalaron que la eficacia intimidatoria de la pena o de prevención general del delito de aborto no reduce el índice de aborto en las adolescentes dentro de la sociedad huancavelicana, d) El 80% de los Operadores Jurídicos señalaron que la Política de promoción, protección y atención al Niño y adolescente, establecida en el Código del Niño y Adolescente, así como la Defensoría del Niño y Adolescente cuyo objetivo es promover y proteger los Derechos que la Legislación reconoce a los niños y adolescentes, no responden a las necesidades del Niño y del adolescente dentro de nuestra sociedad Huancavelicana, e) El 70% de los Operadores Jurídicos señalaron que la inimputabilidad que goza los menores de edad influye, a que las infracciones penales cometidas por las adolescentes queden impunes, f) El 90% de los Operadores Jurídicos señalaron que no conocen ningún caso de delito de aborto en adolescentes dentro de la Jurisdicción de Huancavelica en la cual a una adolescente se le haya impuesto la medida socioeducativa de internación o de libertad restringida, g) El 80% de los Operadores Jurídicos señalaron que no conocen ningún caso de delito de aborto en adolescentes entre 12-13 años se le haya impuesto la medida de protección respectiva, en la ciudad de Huancavelica. Los Factores Socio-Económicos específicos que influyen en 7 la incidencia de la impunidad del delito de aborto en las adolescentes en la ciudad de Huancavelica, son: a) El 70% de las adolescentes en su condición de estudiante señalaron que no dejarían nacer al hijo que llevan en el vientre por la falta de apoyo económico de sus padres, b) El 60 % de las adolescentes no dejarían nacer al hijo que llevan en el vientre por el factor económico, es decir por la falta de dinero y por no contar con un trabajo para mantener y criar a un hijo, c) El 80% de las adolescentes indicaron que deciden abortar por cuanto no se encuentran preparadas para asumir económicamente la responsabilidad que genera un embarazo precoz. Los Factores Socio-Culturales específicos, que influyen en la incidencia de la impunidad del delito de aborto en las adolescentes en la ciudad de Huancavelica, son: a)El 50% de las adolescentes refieren que uno de los factores que conlleva al aborto es acudir continuamente a las fiestas como por ejemplo a la fiesta del 1ro de enero a Chaclatacana, b) Que el 70% de las adolescentes consideran que el desafiar al tiempo y los peligros como adolescente en las festividades de Huancavelica, son para ellas un éxito, c) El 70% de las adolescentes no dejarían nacer al hijo que llevan en el vientre a razón de que el enamorado no aceptaría su embarazo, d) El 60% de las adolescentes no dejarían nacer al hijo que llevan en el vientre porque su familia no aceptaría su embarazo, e) El 50% de las adolescentes refieren que uno de los factores que conlleva al aborto es no recibir orientación de sus padres sobre las consecuencias que ocasiona un aborto, f) El 80% de las adolescentes deciden abortar por cuánto al momento de tener relaciones sexuales éstas no usaron adecuadamente los métodos anticonceptivos, para prevenir un embarazo no deseado. Conclusiones: Se determinó que los factores: Políticos-legales, socio-económicos y socio-culturales son los de mayor incidencia que generan la impunidad del delito de aborto en las adolescentes en la cuidad de Huancavelica durante el 2013.
- Ítem“La unión de hecho que se da en el centro comunal familiar del barrio de Santa Ana, frente al matrimonio - Huancavelica - 2015”(Universidad Nacional de Huancavelica, 2016) Castro Cahuana, Hugo; Del Camen Iparraguirre, Denjiro FélixEl presente tesis de grado, titulado "LA UNIÓN DE HECHO QUE SE DA EN EL CENTRO COMUNAL FAMILIAR DEL BARRIO DE SANTA ANA, FRENTE AL MATRIMONIO - HUANCAVELICA - 2015", está compuesta de cuatro capítulos en los cuales se desarrolla una síntesis del tema investigado. Asimismo se da a conocer la realidad de estas dos figuras jurídicas, como es la Unión de Hecho y el Matrimonio dentro del yugo familiar. Para hacer posible de este trabajo de investigación, fue necesario ver los antecedentes, bases teóricas, jurisprudencias, convenciones, acuerdos plenarios y leyes que protegen a la figura de Unión de hecho, de los cuales se ve que la figura de Unión de Hacho o más conocidos también como concubinato, uniones libres, entre otras (conocidas en otras legislaciones); fue adquiriendo campo en el ámbito familiar, de manera muy liberada sin mucha restricción y protección a la familia propiamente dicha. Por otra parte, ·la figura del matrimonio es una institución reconocida por la legislación peruana, con todas las garantías y protecciones establecidas; por lo que no genera problemas en el yugo familiar, consecuentemente, no es materia de investigación en el presente trabajo abordado. Consecuentemente para determinar o llegar a una respuesta sustentada, fue necesario recoger información de un determinado población, elegida en este presente trabajo el Centro Comunal Familiar del Barrio de Santa Ana del distrito provincia y departamento de Huancavelica, con una población de 50 personas; una vez recogido información mediante una encuesta, se procedió a analizar y deliberar las hipótesis planteadas en el presente trabajo de investigación; llegando así que la figura Unión de hecho debe ser una alternativa de dar solución en hechos muy específicos dentro de una situación familiar y no abarcar a la igualdad de un matrimonio, que es necesario su cumplimiento de ciertos requisitos estipulados en la legislación peruana.
- Ítem“El tratamiento del principio de proteccion a la familia y su procedencia de la conciliacion antes de la vigencia de la ley N° 29990 en Huancavelica de 2012”(Universidad Nacional de Huancavelica, 2016) Sánchez Suarez, Cesar; Basualdo Garcí, Percy EduardoLa presente investigación está enmarcada en el área del derecho Privado - Derecho Civil; referida al tratamiento del Principio de Protección a la Familia y su procedencia de la Conciliación antes de la vigencia de la Ley N° 29990; ejecutados en la localidad de Huancavelica. En este trabajo se han planteado interrogantes, siendo el problema principal: ¿El principio de protección a la familia ha sido garantizado por la conciliación antes de la vigencia de la ley N° 29990 en Huancavelica de 2012?; siendo el Objetivo General del estudio, Determinar la de qué manera la conciliación ha garantizado la protección a la familia antes de la vigencia de la ley N° 29990 en Huancavelica de 2012; así mismo la Hipótesis General es la siguiente: La conciliación ha garantizado el principio de a protección a la familia en los procesos de violencia familiar antes de la vigencia de la Ley N° 29990, en Huancavelica. El Tipo de Investigación es Básica y Aplicada, el Nivel de Investigación es descriptivo y exploratorio; se empleó la Técnica de la encuesta y como instrumento el cuestionario, para la recolección de datos. Este trabajo esta diagramado en tres partes; teniendo como temas fundamentales: La familia, la violencia familia y la conciliación.
- Ítem“El recurso de nulidad del proceso civil,garantiza,protege los derechos de la partes - jurisdicción de Huancavelica – 2015”(Universidad Nacional de Huancavelica, 2016) Boza Gonzales, Fiorella Karol; Orellana Perez, Pedro MijaílEl presente trabajo de investigación titulado "EL RECURSO DE NULIDAD DEL PROCESO CIVIL,GARANTIZA, PROTEGE LOS DERECHOS DE LAS PARTES- JURISDICCIÓN DE HUANCAVELICA-2015", la que se fundamenta, justifica y desarrolla en una amplia construcción teórica, e investigación de campo, que nos permite conocer y plantear una alternativa de solución al problema investigado. Este trabajo de investigación tiene como objetivo conocer si en los procesos civiles, el recurso de nulidad interpuesto por una de las partes, garantiza, protege los derechos del debido proceso en la jurisdicción de Huancavelica en el 2015, así mismo estudiar los motivos que producen la nulidad procesal sin dejar a un lado los presupuestos o requisitos para su configuración, e identificar los conceptos y elementos constitutivos de la nulidad procesal dentro del proceso civil, La hipótesis que se planteó para para el desarrollo de la presente investigación es: La nulidad procesal civil no garantiza ni protege los derechos y las garantías de las partes porque su imposición es defectuosa y carece de sentido de garantía a los sujetos procesales Para ello se realizó una investigación de tipo básico, nivel descriptivo, con método general deductivo y básico, la población y muestra de investigación está conformado por todos las personas o sujetos procesales de la provincia de Huancavelica en el año 2015, que tenga capacidad jurídica, de goce y ejercicio, que hayan tenido un vínculo procesal, hayan sido procesados o por distintas causales el juez anulo la sentencia o los actos procesales. Principalmente la población activa la constituye todos aquellas personas comprendidas desde el año 2015.quienes exigieron y lograron la nulidad de los actos procesales antes de ser expedida la sentencia de la contraparte o viceversa. Las técnicas de investigación utilizadas fueron: La encuesta, con su instrumento el cuestionario de encuesta y la observación (expedientes judiciales) y toma de datos a través de un formulario de preguntas como instrumento de recolección de datos. Los resultados obtenidos en la investigación demuestran que en los estudios jurídicos- jurisdicción de Huancavelica se evidencian que el recurso de Nulidad Procesal no garantiza ni protege los derechos de las partes, por lo que se recomienda que debe crearse un marco legal suficiente para concretar sin lugar a duda la forma de documentación de los actos procesales, así entre los elementos a regular en forma sistemática son: lugar y tiempo para la ejecución de los actos procesales, así como las partes que interviene en el mismo; de esa manera no existiría deficiencia en el régimen general de los actos procesales en la ley procesal civil vigente ..
- ÍtemEl estatuto comunal y la regulacion del acceso a los recursos mineros en el territorio del pueblo originario de Pueblo Libre - 2014(Universidad Nacional de Huancavelica, 2016) Castellanos De La Cruz, Zenon; Pérez Villanueva, Job JosuéEn la presente investigación nos hemos ocupado de determinar la relación entre el estatuto comunal y la regulación del acceso a los recursos mineros en el territorio del pueblo originario de Pueblo Libre, 2014. La población de estudio ha sido la cantidad de 482 personas entre comuneros y autoridades de la comunidad campesina de Pueblo Libre. La muestra obtenida fue el tipo no probabilístico por conveniencia, la misma que estaba constituido por una muestra censal de 214 personas. Se ha recogido la información utilizando la encuesta personalizada durante una semana, traduciendo al quechua en algunos casos. Los datos obtenidos de la encuesta se ha tabulado utilizando el programa Excel, obteniendo las tablas y gráficos por cada variable y sus respectivas dimensiones. Los resultados obtenidos nos permite concluir que existe una relación significativa entre estatuto comunal y la regulación del acceso a los recursos mineros en el territorio del pueblo originario de Pueblo Libre - 2014, habiéndose obtenido el coeficiente de correlación No paramétrica, Rho de Spearman, de modo que interpretando la corelación bivariada de ambos variables, el valor de Rho se ha obtenido 0.788, utilizando el programa estadístico SPSS, versión 22.00, cuyo rango señala que hay buena relación. Del mismo modo podemos decir que la relación es significativa con 0.01 (2 colas), pues siempre se trabaja con 5 % de nivel de significancia, que es lo mismo que 0.05. Esto significa que hay una mutua correspondencia entre ambas variables, pues el nuevo estatuto comunal regula el acceso a los recursos mineros en el territorio de la comunidad campesina de Pueblo Libre. El análisis de los resultados nos nuestra que existe relación significativa entre estatuto comunal y la regulación del acceso a los recursos mineros en el territorio del pueblo originario de Pueblo Libre. Esto significa que hay una mutua correspondencia entre la variable 1 y la dimensión 1. La relación es significativa entre El estatuto comunal y los requisitos del petitorio minero, pues los resultados obtenidos en la prueba de correlación de Rho de Spearman así lo demuestran. De la prueba de correlación de Rho de Spearman podemos inferir que existe relación significativa entre el estatuto comunal y la licencia comunal minera previo acuerdo por tiempo determinado entre la empresa minera y el pueblo originario con el 5 %, 7% ó 9% de participación accionariado y finalmente podemos señalar que hay una relación significativa entre el estatuto comunal y el respeto a la zonificación económica y ecológica establecida por el pueblo originario para el otorgamiento de la Licencia comunal minera. Podemos concluir que podemos rechazar la hipótesis nula y aceptar la hipótesis alterna: H1 Existe relación significativa entre estatuto comunal y la regulación del acceso a los recursos mineros en el territorio del pueblo originario de Pueblo Libre, 2014.
- Ítem“Ejecución de la pena de prestación de servicio a la comunidad en el Juzgado de Paz letrado de Tantara - Castrovirreyna”(Universidad Nacional de Huancavelica, 2016) Pérez Salazar, Willian Arlin; Mamani Manchaca, Victor RobertoLa investigación titulada “EJECUCIÓN DE LA PENA DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS A LA COMUNIDAD EN EL JUZGADO DE PAZ LETRADO DE TANTARA-CASTROVIRREYNA”, ha tenido como objetivo “Conocer la ejecución de la pena de prestación de servicios a la comunidad, en el Juzgado de Paz Letrado de Tantarà, provincia de Castrovirreyna del año 2009 al 2013”, ha sido desarrollada para optar el grado de abogado. La investigación tiene un enfoque cuantitativo, es de tipo básica y de nivel descriptivo, se ha empleado el método científico para procesar y sistematizar el conocimiento, mediante el razonamiento deductivo, inductivo, síntesis, el diseño de investigación empleado de tipo no experimental transversales exploratorio. Es decir se ha recogido los datos en un solo momento, en la unidad de análisis muestra- observación. La muestra estaba conformado por (Los expedientes judiciales de las personas sentenciadas a la pena de prestación de servicios a la comunidad y operadores institucionales responsables de la ejecución de la pena de prestación de servicios a la comunidad en el ámbito del Juzgado de Paz Letrado de Tantara- Castrovirreyna) y se ha observado (El cumplimiento de las normas en la ejecución de la pena de prestación de servicios a la comunidad), siendo la muestra tipo censal no probabilístico. Para la recogida de datos hemos aplicado un cuestionario tipo cerrado, sobre la ejecución de la pena de prestación de servicios a la comunidad, y una entrevista de manera complementaria a los cuestionarios aplicados a los operadores de la ejecución penal. Asimismo, el análisis de los datos se realizó mediante la estadística descriptiva a través de las tablas de frecuencia, Los datos recopilados ha sido procesado y codificado con el soporte del software estadístico SPSS (paquete estadístico para las ciencias sociales), considerando los objetivos y el diseño de investigación con la finalidad de contrastar estadísticamente la hipótesis de investigación.Como resultado se ha encontrado de las personas sentenciados en cinco años y comunicadas al INPE ningunos han cumplido la pena. Por lo que no existe una adecuada comunicación y coordinación entre los funcionarios del INPE y los funcionarios judiciales, también resalta del estudio que el INPE si cumple con designar el supervisor encargado de realizar visitas programadas e inopinadas a fin de verificar la ejecución de la sentencia, al cual le es difícil realizar visitas 8 a la localidad de Tantara por la distancia y no contar con presupuesto adecuado. Asimismo, el INPE de Huancavelica considera que no cuenta con suficiente recursos humanos para hacer efectivo la ejecución de la pena de prestación de servicios a la comunidad, debido a que solo cuentan con un personal en el área de Tratamiento de Medio Libre.
- Ítem“Aplicacíon del acuerdo reparatorio en el delito de peculado culposo en la fiscalía provincial corporativa especializada en delitos de corrupcion de funcionarios de Huancavelica, 2014”(Universidad Nacional de Huancavelica, 2016) Capcha Aguirre, Miriam; Flores Apaza, Esteban EustaquioLa presente tesis comprende lo siguiente: la formulación del problema: ¿Qué se evitaría con la aplicación del Acuerdo Reparatorio en el delito de peculado culposo en la Fiscalía Provincial Corporativa Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Huancavelica, durante el año 2014?. Como objetivo general “Conocer el modo de evitar procesos innecesarios ante la Corte Superior de Justicia con la aplicación del Acuerdo Reparatorio en el delito de Peculado Culposo en la Fiscalía Provincial Corporativa Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Huancavelica, durante el año 2014” y como objetivo específico Determinar la contribución de la aplicación del Acuerdo Reparatorio en caso de delito de Peculado Culposo en la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en delitos de Corrupción de Funcionarios de Huancavelica, durante el año 2014. Analizar el Principio de Economía Procesal en la aplicación del Acuerdo Reparatorio en delito de Peculado Culposo en la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Huancavelica, durante el año 2014. Evaluar la poca relevancia jurídica de la investigación del delito de Peculado Culposo en la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Huancavelica, durante el año 2014. La metodología de investigación es el descriptivo, se utilizó la técnica del muestreo no probabilístico y será de tipo intencional, pues se trabajara con grupos constituidos. Las técnicas e instrumentos para la recolección de datos, se emplea las técnicas de fichaje, y las respectivas encuestas. Los datos que se obtuvo de las encuestas han sido procesados a través de las tablas de frecuencia, considerando los objetivos y el diseño de investigación con la finalidad de contrastar estadísticamente validar la hipótesis de investigación. Y las encuestas fueron dirigidas a seis Fiscales Provinciales 1er y 2do despacho y tres Fiscales Superiores de la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Huancavelica. Finalmente, la codificación y el procesamiento de los datos recopilados se realizaron con el soporte del software estadístico SPSS (Paquete estadístico para las ciencias sociales) y la hoja de cálculo Microsoft Excel.
- Ítem“Carga procesal innecesaria generada con la celebración de la conciliación en procesos judiciales ya instaurados en el Distrito Judicial de Huancavelica año 2016”(Universidad Nacional de Huancavelica, 2016) Flores Solano, Lizbeth Lola; Flores Apaza, Esteban EustaquioLa Carga Procesal, termino recurrente en el ámbito jurídico, y objeto de estudio en el presente trabajo de Investigación. Es necesario estudiar conceptos como: Procesos Judiciales y la Conciliación. Es así que conocemos que desde los antecedentes, se observa diversos avances de tipificación tanto en los temas de Procesos Judiciales, Conciliación, todos ellos pasando por una evolución normativa hasta encontrarse tipificado como hoy en día lo conocemos los Procesos Judiciales regidos por la norma procesal que determinado para cada materia, y la Conciliación regido por la Ley N° 26872. Conocemos que los procesos Judiciales son uno de los mecanismos utilizados por las personas a fin de hacer valer sus derechos ante la Instancia Judicial, función que ha sido debidamente reglamentada, teniendo una de las características es que en algunas materias exigen ciertos requisitos de procedibilidad como podría ser el caso de acudir a la conciliación. Por otro lado tenemos a la conciliación, la que podríamos definir como un mecanismo empleado apara la solución de conflictos de forma extrajudicial. Entonces poniendo en énfasis en el tema de la celebración de acuerdos extrajudiciales, sean estos celebrados en Centros de Conciliación y/o en Notarialmente, u otros, estos son mecanismos que son empleados para la culminación de los procesos Judiciales ya instaurados, documentos redactados bajo la denominación de Actas de Transacción y/o Actas de Acuerdo, siendo presentados al ente Judicial para culminar el proceso sin importar el estado en el que se encuentre. Ello en la recolección de los datos, se determinó que dicha problemática surgió a raíz del temor que la mayoría de los encuestados mostró tener en cuanto a la obtención de una sentencia desfavorable, considerado entonces para nuestro estudio como la principal motivación para realizar dicha actuación, sin tomar en cuenta los efectos, que trae dicha actuación, ya que se ve perjudicado el ente Judicial, por la carga procesal innecesaria que se le genera, y el resto de las personas que acuden al Poder Judicial, pues debido a esta Carga sus el trámite de sus procesos se retarda.
- Ítem“Reinserción laboral de ex - presidiarios del centro penal San Fermín en el mercado laboral de la Ciudad Huancavelica durante el año 2014”(Universidad Nacional de Huancavelica, 2016) De la Cruz Hilario, Wulliam; Orellana Perez, Pedro MijaílEl trabajo de investigación bajo la modalidad de Tesis titulado: “REINSERCIÓN LABORAL DE EX - PRESIDIARIOS DEL CENTRO PENAL SAN FERMÍN EN EL MERCADO LABORAL DE LA CIUDAD DE HUANCAVELICA”, supone que, cuando la sociedad tiene la posibilidad de avanzar como consecuencia de los procesos evolutivos de la humanidad, y asume un estado de conciencia cuyo objetivo sea iniciar la búsqueda de respuestas a los problemas del prójimo y se apodera de ellos, sabiendo que esa salida representa un problema menos para la preocupación personal y un gran paso para el desarrollo colectivo de la sociedad. Bajo esta consideración, el presente Trabajo de investigación busca concientizar a la sociedad laboral y de manera indirecta proporcionar una nueva oportunidad de vida a las personas que han cumplido una sanción penal, quienes víctimas de la desigualdad social, económica y política, se han visto excluidos de manera social y laboralmente, y en la mayoría de los casos hasta se han visto en la necesidad de delinquir nuevamente para mejorar sus condiciones de vida. En ese sentido la reinserción laboral de estos grupos de personas con especiales dificultades de acceso al mercado de trabajo, representa uno de los retos más grandes de la sociedad peruana actual. La situación de permanente cambio que caracteriza al mercado laboral, en interacción con otros factores de índole socioeconómica pone de manifiesto la complejidad que tienen las personas ex-reclusas para acceder a un puesto de trabajo. A los problemas habituales asociados al empleo tenemos que añadir las dificultades que se derivan del tiempo de reclusión en centros penitenciarios, el tratamiento penitenciario recibido, el adiestramiento formativo laboral en el penal, el perfil laboral, y sumado a todo ello al momento de egresar del penal enfrentarse a una nueva condena el cual es la marginación de la sociedad, especialmente cuando se da la discriminación laboral al momento de querer optar un empleo, que hacen que diariamente estas personas de especial vulnerabilidad (ex – reclusos) tengan que tratar de superar los obstáculos y barreras existentes en nuestra sociedad, impidiendo o limitando sus posibilidades de acceso y participación en las realidades económicas, sociales y culturales. El objetivo principal de esta investigación se enfocó en determinar si realmente se da la reinserción laboral de ex –reclusos del Centro Penal San Fermín en las instituciones y/o empresas privadas formales e informales existentes en la ciudad de Huancavelica durante el año 2014, así, como también Identificar los factores que influyen e intervienen negativamente en el acceso a un puesto de trabajo de las personas que ostentan la condición de ex - reo. La muestra en el presente trabajo de investigación tuvo como unidades de análisis a 53 individuos, de los cuales 27 fueron directivos, gerentes, jefes de personal de las Instituciones y/o Empresas Privadas Formales e Informales; y 26 fueron personas que ostentan la condición de ex –recluso del Centro Penal San Fermín de la ciudad de Huancavelica; asimismo, se empleó la técnica de la encuesta como instrumento de recolección de información, la codificación y el procedimiento de los datos se realizaron con el soporte del software estadístico SPSS (paquete estadístico para las ciencias sociales) y la hoja de cálculo Microsoft Excel, a partir de los cuáles fue posible realizar las conclusiones de este estudio.
- Ítem“El debido procedimiento en la aplicación de sanciones administrativas disciplinarias en el Gobierno Regional de Huancavelica – periodo 2013”(Universidad Nacional de Huancavelica, 2016) Paucar Alarcon, Juber; Flores Apaza, Esteban EustaquioEl Gobierno Regional de Huancavelica, con la finalidad de desarrollar sus funciones que se le ha atribuido mediante Ley, tiene a su cargo funcionarios y servidores públicos, constituyendo estos personal de la entidad, en esa línea, el desarrollo de funciones que estos realicen deben observar las normas legales, siendo que, al no ser cumplidas conforme a ley, da inicio a la responsabilidad disciplinaria mediante la cual la entidad puede procesar al personal a su cargo con la finalidad de imponer sanciones, ello bajo la potestad disciplinaria. Bajo dicha premisa se tiene que, en el presente trabajo se ha tratado de realizar la precisión respecto a esta potestad, precisamente en su operatividad de esta, la cual viene con un procedimiento preestablecido. En este caso, para disciplinar a los trabajadores de la administración pública, se tiene el régimen del procedimiento administrativo disciplinario, el cual consta de ciertos parámetros a ser cumplidos, a fin se llegue a la sanción, dicho desarrollo y desenvolvimiento, procedimiento, debe estar en el marco del debido procedimiento regulado en el título preliminar de la Ley del Procedimiento Administrativo General, delimitando que el cauce que lleve todo procedimiento se encuadra dentro de dicho principio, respetando obviamente las normas especiales que el procedimiento prevé. En esa línea con la puesta en funcionamiento del Servicio Nacional del Servicio Civil-SERVIR, este órgano técnico, ha creado tribunales a fin resuelvan, en este, los recursos de apelación referidos a procedimientos disciplinarios, como consecuencia de ello, dicho tribunal ha notado, en la mayoría de los casos, la ausencia del cumplimiento del debido procedimiento, lo que obligó a dicho colegiado, a realizar un precedente de observancia obligatoria, a nivel administrativo, la cual es la Resolución de Sala Plena N° 001-2012-SERVIR/TSC, en donde establecen el contenido del debido procedimiento cuando se disciplina a los empleados. Con dicha perspectiva, se ha analizado los expedientes de procedimientos disciplinarios en el Gobierno Regional de Huancavelica, en total 36 expedientes, en los cuales la menciona entidad ha culminado sancionado a sus empleados o absolviendo, o 9 en todo caso archivando el proceso por no existir responsabilidad, esto con la finalidad de conocer, si se estaba o no cumpliendo con el debido procedimiento cuando se sancionaba, absolvía o archivaba. El resultado de ello, plasmado en el Capítulo IV del presente trabajo de investigación, ha arrojado que no ha habido, el en periodo 2013, un adecuado seguimiento del procedimiento disciplinario, concluyendo que, en una relación entre el cumplimiento del debido procedimiento y la aplicación de sanciones administrativas disciplinarias en el Gobierno Regional de Huancavelica, está a sido baja, observándose que la causa de ello ha sido por la falta de una capacitación especializada a los profesionales que llevan los procedimientos disciplinarios y por un desconocimiento por parte de los servidores inmersos en ellos, que han dejado que el procedimiento no lleve las garantías mínimas. Nótese que, si bien del estudio se puede advertir que del total de expedientes que se han aplicado sanciones disciplinarias (16) solo 9 de ellas habrían cumplido con un debido procedimiento, sin embargo, dicha situación debe reflejar, que toda aplicación de sanciones cumpla con un debido procedimiento, quiere decir, que 7 expediente que no han cumplido el debido procedimiento, o que reflejaron ello, no es garantía de una ejecución, pues se linda con la arbitrariedad. Desembocando, lo mencionado, hasta en una posible configuración de abuso de autoridad, encubierta, pues bajo la fachada de un cumplimiento teórico, esto no se plasma de forma certera, siendo que en los eventuales cuestionamientos de las resoluciones de sanción a nivel judicial, vía el proceso contencioso administrativo, se tiene una negativa influencia por la falta de cumplimiento de procedimientos, lo que lleva a resarcir los daños por parte del estado por una mala actuación administrativa, quedando soslayada el trabajo y la logística, que lleva implícitamente el procedimiento administrativo disciplinario, y no cumpliendo la sanción con el fin que esta tiene.
- Ítem“Factores administrativos y la contratación del estado en la Gerencia Sub Regional de Angaraes - año 2013”(Universidad Nacional de Huancavelica, 2016) Merino Carhuapoma, Wilmar Gabriel; Del Carmen Iparraguirre, Denjiro FelixEl presente trabajo de investigación titulado: “FACTORES ADMINISTRATIVOS Y LA CONTRATACIÓN DEL ESTADO EN LA GERENCIA SUB REGIONAL DE ANGARAES – AÑO 2013” tienen como propósito central “Determinar en qué medida los factores administrativos afectan la oportuna contratación del Estado en la Gerencia Sub Regional de Angaraes - año 2013”; la que se fundamenta, justifica y desarrolla en una amplia construcción teórica e investigación de campo, que nos permite conocer y plantear una alternativa de solución al problema investigado con el propósito de contribuir objetivamente a mejorar la Administración Pública con relación a las contrataciones con el Estado y, por ende garantizar la efectiva y correcta ejecución de los recursos públicos destinados a los Gobiernos Regionales. Es preciso señalar que la regulación contractual parte del texto de la constitución. Así, el artículo 76° de dicha norma preceptúa que las obras y la adquisición de suministros con utilización de fondos o recursos públicos se ejecutan obligatoriamente por contrata y licitación pública, así como también la adquisición o enajenación de bienes. Asimismo, se establece que la contratación de servicios y proyectos cuya importancia y cuyo monto señala la Ley de Presupuesto se hace por concurso público. Finalmente, la Constitución prescribe que la Ley establece el procedimiento, las excepciones y las respectivas responsabilidades. Por lo que, la función constitucional de esta disposición es determinar y, a su vez, garantizar que las contrataciones estatales se efectúen necesariamente mediante un procedimiento peculiar que asegure que los bienes, servicios u obras se obtengan de manera oportuna, con la mejor oferta económica y técnica, y respetando principios tales como la transparencia en las operaciones, la imparcialidad, la libre competencia y el trato justo e igualitario a los potenciales proveedores. Llegando así a determinar el objeto de la norma el cual es lograr el mayor grado de eficiencia en las adquisiciones o enajenaciones efectuadas por el Estado, a través de los principios antes señalados, con la finalidad de iv evitar la corrupción y malversación de fondos públicos. Dicha eficiencia no se limita a la determinación de la mejor oferta, sino también “el diseño del propio programa anual de adquisiciones que cada entidad efectúe respecto a sus necesidades”. La hipótesis general propuesta es: "Los factores administrativos afectan significativamente en la oportuna contratación del Estado en la Gerencia Sub Regional de Angaraes – año 2013" En cuanto a la metodología, la investigación es de nivel descriptivo-correlacional, con un diseño no experimental de corte transversal o transeccional, porque se aplicó un cuestionario para la recolección de datos, en el contexto natural y en un solo momento del tiempo a los trabajadores de las diferentes Áreas de la Gerencia Sub Regional de Angaraes. Para la validación estadística del instrumento de medición, codificación y procesamiento de los datos se realizaron con el paquete estadístico SPSS y M.S. Excel 2013. Por otro lado, el presente trabajo de investigación tuvo como unidades de análisis a 60 trabajadores de las diferentes Áreas de la Gerencia Sub Regional de Angaraes, tal como indica la muestra; quienes han sido encuestados a través de un cuestionario. Por lo tanto se concluye que: Los factores administrativos afectan significativamente en la oportuna contratación del Estado en la Gerencia Sub Regional de Angaraes – año 2013.
- ÍtemEl trasvase instalado en la laguna choclococha vulnera un bien juridico tutelado de la persona al acceso del agua anexo de Huaracco-Huancavelica. 2015(Universidad Nacional de Huancavelica, 2016) Auris Bellido, David Silvio; Pérez Villanueva, Job JosuéLa presente investigación tiene como finalidad la vulneración al acceso al agua en el anexo de Huaracco causado por el trasvase Choclococha la ubicación de la fuente de la cuenca se encuentra en esta parte de la localidad el agua determina la ubicación no permitiendo acceso a los habitantes tener disponibilidad de agua a cada familia y de esta manera aprovechar el agua en su propio caudal de toda la cuenca. El agua como bien jurídico tutelado y principio fundamental de la vida, indispensable para el desarrollo de las sociedades humanas en actividades diarias debería ser un bien común sin discriminación por ninguna índole. El acceso al agua con derechos adquiridos amparados a los derechos consuetudinarios Este trabajo se ha enfocado a la posibilidad que existe dentro de la relación dinámica entre el Estado y la sociedad en general con respecto a la gestión del recurso hídrico, dar participación a los distintos usuarios dentro de una unidad de gestión, considerando como dicha unidad toda la cuenca hidrográfica, para la redistribución del recurso mediante un mercado de agua y/o un centro de intercambio de derechos de uso, los que de manera puntual o definitiva, hayan cambiado el uso al que originalmente fue concedido, promoviendo una buena gobernabilidad. El cual es gestionado por un Organismo de cuenca como ente regulador, con capacidad jurídica para la gestión sostenible, y proteger el aprovechamiento del agua en su propio caudal, de conformidad con los distintos usos y usuarios a lo largo de toda la cuenca. La cuenca hidrográfica del alto pampas debe considerarse intangible para los comuneros de la comunidades de influencia que tiene necesidad y no dispone de recursos agua para su satisfacción integra como poblador para la redistribución del recurso mediante un estudio de necesidades a través de difusión educativa mediante la socialización en los sectores involucrados en las comunidades.