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    “LA BUENA FE EN LA TRADITIO EN LA COMPRA VENTA DE BIEN INMUEBLE EN EL DISTRITO DE MARCAS -2015”
    (Universidad Nacional de Huancavelica, 2017-04-10) Vitor Carrasco, Diofelinda; Lapa Inga, Zacarias Reymundo
    En el presente trabajo explicaremos y demostraremos que, el principio de buena fe es lo que debe de primar a falta de un título (modo especifico de adquisición) en este caso en concreto, en el trayecto de desarrollo de la presente tesis, analizaremos nuestro sistema jurídico de trasferencia de bien inmueble, el concepto de buena fe y concluiremos que los pobladores del distrito de Marcas si son propietarios del bien que poseen, pese a no contar con el título de propiedad (declarativo) y que el propio sistema es quien pone las trabas para optar el mismo, pues nuestra legislación es algo compleja y confusa y existe una gran polémica acerca del sistema de transferencia de propiedad inmueble se ha ido desarrollando en nuestro país. Tiene como antecedente principal al Código Civil de 1852 en el cual se dio nacimiento a un debate doctrinario, que se ha prolongado hasta la fecha, ya que en dicho cuerpo normativo se acogió por vez primera un sistema que regularía la transferencia de propiedad inmueble, optándose por importar del Código Napoleónico de 1804 el sistema denominado francés, del simple consenso o espiritual, por el que basta solo el acuerdo de las partes (consentimiento) para dar por efectuada o transferida la propiedad de un bien inmueble. Esta adopción legislativa se ha mantenido en los dos Códigos Civiles subsiguientes, el de 1936 y el de 1984. Sin embargo existen numerosas posiciones sobre el sistema adoptado y las desventajas que este presenta sobre todo, en la inseguridad jurídica que presenta, ya que las transferencias de inmuebles no resulta siendo únicamente interés de las partes intervinientes, sino que dado el contexto social, tiene amplia relevancia ; siendo necesario que terceros que no participaron en el contrato, asuman el conocimiento que se produjo la transferencia de propiedad hacia otra persona, con el fin de garantizar la seguridad jurídica y esta se desarrolle con la transparencia y confiabilidad que todo modelo socio-económico requiere para el tráfico inmobiliario. Entonces la seguridad jurídica que ofrece este sistema tiene menos garantías, que los modelos en los cuales se exige la inscripción registral para trasmitir el derecho, es por ello que desarrollaremos las principales deficiencias que trae consigo el sistema consensualista, y estudiando la conveniencia o inconveniencia de modificar hoy en día el sistema de trasferencia de propiedad regente en el Perú. Nuestro sistema de transferencia de propiedad inmueble adopta el principio consensualístico, propio de los sistemas jurídicos francés e italiano. Sin embargo, este principio se halla modalizado o corregido por la introducción del registro y los efectos de la inscripción, así la transferencia de propiedad (o de cualquier otro derecho real) opera en virtud de un contrato traslativo, por lo que se trata de un sistema causalista, en donde no es necesario un "modo" específico de adquisición. Un adecuado sistema de transferencia de propiedad inmueble, debe hacer coincidir la transferencia de la propiedad con la consumación de la obligación de dar en propiedad (buena fe), esto es, con la tradición; o también puede preferir un momento anterior a la tradición (el solo, acuerdo de voluntades) o un momento distinto a cualquiera de los dos anteriores (la inscripción). Si se optara por establecer que la propiedad se transfiera antes de la tradición (principio consensual), el comprador ya es propietario, y el vendedor sólo se encuentra obligado a entregar la cosa.(cuando se paga el justo precio) En cambio, si se optara por establecer que la propiedad se transfiera después, o con independencia, de la tradición (principio de inscripción constitutiva), el comprador no es propietario aunque ya exista tradición, sin embargo, consideramos que de esta ultima manera se otorgara eficacia a la publicidad registral y protección contra terceros logrando de esta manera una mayor seguridad jurídica al trafico inmobiliario. PALABRAS CLAVE: Propiedad-trasferencia-buena fe.
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    Perdidas del estado debido al delito de peculado en el Distrito de Acoria en el 2013
    (Universidad Nacional de Huancavelica, 2017) León Hurtado, Mayelita; Flores Apaza, Esteban Eustaquio
    En el marco de la línea de la investigación “DERECHO PENAL”, se desarrolló la investigación denominada “PÉRDIDAS DEL ESTADO DEBIDO AL DELITO DE PECULADO, EN EL DISTRITO DE ACORIA - EN EL 2013”, estableciendo como objetivo general, Analizar las pérdidas del Estado por delitos de peculado en la Municipalidad Distrital de Acoria en el 2013. En la que se plantea como hipótesis: “En la Municipalidad Distrital de Acoria durante el año 2013, se ha suscitado pérdidas económicas en agravio del Estado y si estas podrían ser recuperables”. Conforme a la naturaleza del problema, se ha optado por realizar una investigación sustantiva cuyo diseño es explicativo no experimental; la población corresponde a los expertos del Ministerio Público y de la Corte Superior de Justicia de Huancavelica, vinculantes a los procesos penales de delito de peculado. Se aplicó dos tipos de instrumentos la “ficha de entrevista” aplicada a funcionarios y la “ficha de observación” para los expedientes que se hallan en la oficina de Procuraduría Pública Municipal del Distrito de Acoria sobre el delito de peculado en el año 2013, y se logró el procesamiento de los datos por medio de la utilización de programas estadísticos: SPSS 19 y la hoja de cálculo de Microsoft Excel 2010. Conforme a los resultados obtenidos del procesamiento de datos se demostró que el costo total monetario en los expedientes estudiados suma un total de S/. 13,657,737.86; Los costos no monetarios es el daño al correcto manejo de la administración pública, genera rechazo hacia la autoridad, también daña la imagen de la institución pública y a los funcionarios y servidores públicos que en ella laboren, haciendo que la población empiece a desconfiar de las instituciones que las representa y que uno de los medio por los cuales el Estado podría recuperar los costos incurridos es haciendo reajuste entre la pena que se le impone y los delitos que comenten los demandados, haciendo más severa los años en la cárcel y la aumentado la reparación civil
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    Asistencia legal especializada del adulto mayor victima de abandono por sus hijos, para que proceda la desheredación, en el asilo de ancianos de Huancavelica 2016
    (Universidad Nacional de Huancavelica, 2017) Acevedo Taipe, Gaby; Flores Apaza, Esteban Eustaquio
    La presente investigación titulada ASISTENCIA LEGAL ESPECIALIZADA DEL ADULTO MAYOR VICTIMA DE ABANDONO POR SUS HIJOS, PARA QUE PROCEDA LA DESHEREDACIÓN, EN EL ASILO DE ANCIANOS DE HUANCAVELICA - 2016, está orientado por el objetivo general de Determinar si el asilo de ancianos de Huancavelica cuenta con Asistencia Legal Especializada hacia el Adulto Mayor víctima de abandono por sus hijos. El tipo de investigación es ANALÍTICO – DESCRIPTIVO y el nivel es Descriptiva y Explicativa. La muestra estuvo conformada por 40 adultos mayores; 20 de sexo masculino y 20 de sexo femenino de 60 a 80 años de edad, los cuales viven en el Asilo de ancianos Santa Teresa de Jesús de Jornet, de la ciudad de Huancavelica. El instrumento empleado para la recolección de datos fue la "Encuesta" elaborada por la investigadora. De los resultados obtenidos se observa que el 100% de los ancianos entrevistados no cuentan con ninguna asesoría legal y desconocen en que consiste la desheredación a los hijos, debido a que no cuentan con Asistencia Legal Especializada de ningún tipo por parte de alguna institución pública a pesar de la existencia de Normas legales que brindan protección, cuidado, asesoría legal al Adulto Mayor, por lo cual estos al ser abandonados por sus hijos y no contar con ninguna asistencia legal especializada no cuentan con el apoyo necesario para poder desheredarlos. Así mismo, el 100% (40) de encuestados manifiestan tener hijos, de los cuales el 87.5% (35) de los internos fueron dejados por sus hijos y el 12.5% (5) consideran no haber sido dejados por sus hijos En Conclusión: El Asilo de Ancianos de Huancavelica no cuenta con la asistencia legal especializada hacia el adulto mayor víctima de abandono por parte de sus hijos, a fin de asistirlos con la postulación al proceso de desheredación a pesar de que las normas legales vigentes en nuestro país protegen los derechos fundamentales del adulto mayor por parte del Estado, a través de las instituciones públicas las cuales brindan información, asesoría legal a las personas, las cuales son El Ministerio Publico, Ministerio de Justicia, Corte Superior de Justicia, Municipalidad Provincial de Huancavelica a través del CIAM etc.
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    Nivel de conocimiento sobre el proceso constitucional de amparo como mecanismo de protección del derecho fundamental al medio ambiente de los profesionales de Derecho en Huancavelica 2014 - 2015
    (Universidad Nacional de Huancavelica, 2017-01-10) Zumaeta Chavez, Dulce Avecita; Orellana Pérez, Pedro Mijail
    El objetivo principal de esta investigación es identificar cuál es el nivel de conocimiento sobre el proceso constitucional de amparo como mecanismo de protección del derecho fundamental al medio ambiente de los profesionales de derecho en Huancavelica durante los años 2014 y 2015; con el fin de determinar cuál es la realidad existente en nuestro medio. El presente trabajo de investigación se realizó siguiendo los criterios del método científico para formular un problema de investigación, cuales son: la existencia de dos o más variables, y la posibilidad de prueba empírica (Hernández, Fernández y Baptista 2003: 10-11). Así, se contemplaron dos variables; la primera constituida por el proceso constitucional de amparo y la segunda por el mencionado derecho fundamental al medio ambiente. Asimismo, esta investigación pudo ser analizada empíricamente, es decir, a partir de datos de la realidad, pues uno de sus componentes centrales es el análisis de las encuestas aplicadas a una muestra de profesionales de derecho en Huancavelica. El tipo de investigación es sustantivo, el nivel de investigación es de estudios descriptivos, se empleó el método de investigación deductivo, de abstracción y el método estadístico, el diseño no experimental, transeccional descriptivo; el procedimiento para la recolección de datos se inició con el análisis documental, la aplicación de instrumentos de medición con características similares, lo cual permitió identificar las variables pertinentes a los objetivos de la investigación; se validó el instrumento por juicio de expertos y se continuó con la recolección de datos a través de la aplicación de la encuesta estructurada; finalmente, para la descripción e interpretación de datos obtenidos de la aplicación de los instrumentos, se organizaron los datos recolectados para la representación de los mismos haciendo uso del paquete estadístico IBM SPSS Statistics para Windows Vers. 20.0 y Microsoft Office-Excel 2013. Se planteó la hipótesis siguiente: El nivel de conocimiento sobre el proceso constitucional de amparo como mecanismo de protección del derecho fundamental al medio ambiente de los profesionales de derecho en Huancavelica durante los años 2014-2015 es bajo; la cual al verificar con los resultados obtenidos de la aplicación del instrumento, se ha demostrado.Los resultados de la encuesta reflejaron dos hechos relevantes: que el nivel de conocimiento sobre el proceso constitucional de amparo como mecanismo de protección del derecho fundamental al medio ambiente de los profesionales de derecho en Huancavelica durante los años 2014 y 2015, es bajo y que el nivel de conocimiento identificado se debe al poco interés por el tema ambiental y la ausencia de programas de capacitación continua para los profesionales de derecho en Huancavelica. La solución a tal situación seria que la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas y las instituciones jurídicas, contemplen programas de capacitación continua para los profesionales de derecho en Huancavelica en temas de derecho ambiental; considerando la importancia de este derecho, por su íntima vinculación con el nivel de vida en general, y por ser un derecho necesario para el disfrute y ejercicio de los demás derechos.
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    Defectos y deficiencias en la regulación jurídica del proceso penal por faltas en el Segundo Juzgado de Paz Letrado de la Corte Superior de Justicia de Huancavelica año 2015
    (Universidad Nacional de Huancavelica, 2017) Espinoza Ancalle, Yudmer Frith; Luna Hernanndez, Luis Alberto
    El presente trabajo de investigación titulada “Defectos y deficiencias en la regulación Jurídica del Proceso Penal por Faltas en el Segundo Juzgado de Paz Letrado de la Corte Superior de Justicia de Huancavelica año 2015”, desarrollado por Espinoza Ancalle, Yudmer Frith, nace a consecuencia del planteamiento ¿Existen defectos y deficiencias en la regulación de los procesos por faltas en el segundo Juzgado de Paz Letrado de la Corte Superior de Justicia de Huancavelica en el año 2015?, para lo cual se planteó como objetivo demostrar que existen defectos y deficiencias en la regulación de los procesos por faltas en el segundo Juzgado de Paz Letrado de la Corte Superior de Justicia de Huancavelica en el año 2015; el presente trabajo pertenece al nivel de investigación descriptivo, método deductivo – descriptivo, diseño no experimental – transversal, la población y muestra estuvo constituida por 249 y 151 expedientes de faltas ingresados resueltos en el segundo Juzgado de Paz Letrado de la Corte Superior de Justicia de Huancavelica en el año 2015 respectivamente, dicha muestra se obtuvo mediante el muestreo probabilístico aleatorio simple, para la recopilación de datos se utilizó la técnica de análisis documental y como instrumento la ficha de análisis documental; obteniendo los siguientes resultados: en el 99% (149) de los expedientes de faltas se vulnerado el principio de Imparcialidad, en el 99% (149) de los expedientes de faltas no se aplicó el principio acusatorio, en el 93% (141) de los expedientes de faltas el alegato de apertura no se realizó por parte del abogado defensor del agresor; de este modo llegando a las siguientes conclusiones: existe incompatibilidad legal, ya que el Art.159, inciso 5 de la Constitución Política se contrapone al Art. 484, inciso 2 del Código Procesal Penal, en tal sentido que esta defectuosidad en la regulación de faltas en el segundo Juzgado de Paz Letrado de la Corte Superior de Justicia de Huancavelica en el año 2015, traen como resultado la inseguridad, del mismo modo la no uniformidad en su aplicación por los jueces de Paz Letrado. Asimismo, existe deficiencia en la regulación jurídica legal del proceso por faltas, al no haber regulado la posibilidad para el abogado defensor de formular el alegato de apertura mediante el cual expondría su teoría del caso.