La ambigüedad del articulo 472 código civil y su incorporación de alimentos congruos para una vida digna, Distrito Judicial Huancavelica-2021.

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Fecha
2023-12-06
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Editor
Universidad Nacional de Huancavelica
Resumen
La investigación que se desarrolló aborda un tema sumamente transcendental y el legislador debe dar una mirada con carácter social y en beneficio de las personas que sufren el abandono económico y moral, para que desarrollen una vida digna. Es por ello que, en la presente investigación “La ambigüedad del artículo 472 Código Civil y su incorporación de alimentos congruos para una vida digna, Distrito Judicial Huancavelica-2021”, encontramos vacíos legales en cuanto a los alimentos congruos y la necesidad de incorporar en la legislación. Es por ello el problema general planteado es ¿Cuál es la ambigüedad del artículo 472 del Código Civil de 1984 peruano frente al artículo 351 del Código Civil del 2005 ecuatoriano, sobre la institución jurídica de alimentos y su variante de congruos a favor del alimentista como expresión a una vida digna, en el Distrito Judicial de Huancavelica al año 2021? El objetivo planteado fue Conocer la ambigüedad del artículo 472 del Código Civil de 1984 peruano y el artículo 351 del Código Civil del 2005 ecuatoriano, sobre la institución jurídica de alimentos y su variante de congruos a favor del alimentista como expresión a una vida digna, en el Distrito Judicial de Huancavelica al año 2021. El tipo de investigación es de tipo aplicada, el nivel fue descriptivo correlacional, y el método general fue científico y el método especifico fue, jurídico, teórico, descriptivo, analítico y el diseño es no experimental de tipo transversal. La Técnica que se empleo fue la encuesta y el instrumento fue el Cuestionario. La población que se empleo fue de 64 personas, entre los magistrados de derecho privado de la Corte Superior de Justicia de Huancavelica, Abogados Litigantes de Huancavelica, alimentistas con un nivel adecuado económico, es así que en la contratación de hipótesis se logró determinar con un porcentaje mayoritario de 71.88% que, Si existe la ambigüedad del artículo 472 del Código Civil de 1984 peruano frente al artículo 351 del Código Civil del 2005 ecuatoriano, sobre la institución jurídica de alimentos y su variante de congruos a favor del alimentista como expresión a una vida digna, en el Distrito Judicial de Huancavelica al año 2021. Y es así que evaluando la encuesta realizada podemos concluir que, si existe La ambigüedad del artículo 472 Código Civil y su incorporación de alimentos congruos para una vida digna, Distrito Judicial Huancavelica-2021.
Descripción
Palabras clave
Ambigüedad, Incorporación, Artículo 472 del código civil, Alimentos congruos, Vida digna
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