Los matrimonios por amor: razones jurídicas para derogar el inciso 7 del artículo 277 del Código Civil. Huancavelica 2022 – 2023
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Fecha
2023-12-19
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Editor
Universidad Nacional de Huancavelica
Resumen
El problema tratado analizó el denominado “matrimonio por amor” proponiendo que sea derogado el inciso 7 del artículo 277 del Código Civil en razón a aquellas parejas que sufren de impotencia absoluta no sean discriminados al momento de formar una familia sin que existan hijos, pero que van a cumplir fines similares al matrimonio. De esta manera se estableció como objetivo general: Identificar si existen razones jurídicas para derogar el inciso 7 del artículo 277 del Código Civil en Huancavelica durante los años 2022 y 2023. La metodología empleada fue de tipo básico, nivel descriptivo, los métodos empleados fueron el científico, el deductivo, el exegético y el teórico; como así también el diseño fue el no experimental. Los resultados establecieron que de acuerdo a los entrevistados el “24% (4) mencionan la respuesta “NO” y el 76% (13) mencionan la respuesta “SI” con respecto a que considera que se debe derogar el inciso 7 del artículo 277 del Código Civil respecto a la impotencia absoluta”. De otro lado, el 6% (1) señalaron la respuesta “NO” y el 94% (16) señalaron la respuesta “SI” con respecto a que considera que se debe aceptar las celebraciones matrimoniales a pesar de que uno de los contrayentes sufra de impotencia absoluta ya sea antes o durante el acto nupcial. Por último, se concluye que sí existen razones jurídicas para la derogación con la finalidad de no quebrantar la formalidad de la celebración del matrimonio
Descripción
Palabras clave
Matrimonio por amor, Razones jurídicas, Derogar, Inciso 7 del artículo 277, Código Civil.