Derecho y Ciencias Políticas
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Examinando Derecho y Ciencias Políticas por Materia "Delito de conducción en estado de ebriedad"
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- ÍtemFactores negativos que inciden en el proceso inmediato en el delito de conducción de estado de ebriedad 3er Jip Huancavelica 2017(Universidad Nacional de Huancavelica, 2018-06-19) Cárdenas Almonacid, Jesús Gabriel; Perez Villanueva, Job JosueEl propósito u objetivo de la presente investigación fue determinar los factores que influyen negativamente en la aplicación del Proceso especial Inmediato por flagrancia delictiva en el delito de Conducción en Estado de Ebriedad en el Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria de Huancavelica sede-central, durante el año 2017. Así también se pretende exponer brevemente argumentos sólidos para una modificación del artículo 446 del NCPP, que establece los supuestos de incoación del Proceso Inmediato, específicamente del inciso 4, a partir del análisis e interpretación de la opinión de los magistrados. Para lo cual se utilizó el tipo de investigación Básica o Pura, Jurídica Propositiva; se arribó al nivel de investigación Científico, descriptivo – explicativo; se utilizó el método dogmático y dialéctico, con un diseño no experimental, utilizando para tal propósito como técnica el cuestionario encuesta estructurada, como medio de recolección de datos, así como la jurisprudencia nacional y doctrina jurídica en general. Se trabajó con paquetes estadísticos, como el Microsoft Office – Microsoft Excel 2010, para los cuadros estadísticos, se usó la estadística descriptiva, se realizó la confrontación de la hipótesis, donde la gran mayoría de los encuestados consideran que los factores que influyen negativamente en la aplicación del Proceso especial Inmediato por flagrancia delictiva en el delito de Conducción en Estado de Ebriedad en el Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria de Huancavelica sede-central, durante el año 2017, son de naturaleza múltiple, siendo tres principalmente: factor humano (Jueces), tecnológico (SINOE del Poder judicial) y jurídico (Artículo 446 del NCPP.), y por ende, hay un consenso en cuanto a la propuesta del investigador.