Carácter inconstitucional de la condena del absuelto en modelo procesal penal en el distrito judicial de Huancavelica, 2023
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Fecha
2024-01-11
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Universidad Nacional de Huancavelica
Resumen
Con la promulgación y puesta en vigencia del Decreto Legislativo N° 957, también conocido como el Nuevo Código Procesal Penal, una reforma que ha sido implementada en todo el territorio peruano tras más de 15 años de espera, se han introducido diversas disposiciones legales en el ámbito penal. A lo largo de su implementación, surgieron desafíos jurídicos relacionados con ciertas etapas procesales, como la detención preventiva, la conclusión anticipada de casos y el procedimiento inmediato. Estos desafíos fueron abordados mediante interpretaciones legales elaboradas por la Suprema Corte y mediante cambios en la legislación.
A pesar de los avances realizados, persiste una problemática en el sistema procesal actual, conocida como "la condena del absuelto". Los artículos 409 y 425.3.b de nuestra normativa procesal otorgan la facultad al Juez Superior Penal de anular total o parcialmente una sentencia, confirmarla o revocar una sentencia apelada, y pronunciar un fallo condenatorio, imponiendo las correspondientes sanciones y compensaciones civiles. Sin embargo, esta situación plantea un problema en relación con la salvaguardia del debido proceso, ya que no se permite a una persona absuelta en primera instancia apelar ante una instancia superior en caso de ser condenada por la Sala Penal de Apelaciones.
Este inconveniente se agrava por la falta de oportunidades de apelación efectiva para aquellos condenados en segunda instancia, dado que el único recurso de apelación disponible es el de casación, que es de naturaleza extraordinaria y está limitado en su alcance. Como resultado, no existe un recurso adecuado para que un individuo condenado en segunda instancia pueda impugnar una sentencia condenatoria en todos sus aspectos.
Descripción
Palabras clave
Condena del absuelto, Sentencia Condenatoria, Debido Proceso, Pluralidad de Instancia