Repercusión del principio de no-regresividad constitucional en materia familiar (matrimonio). Huancavelica 2022
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Fecha
2024-11-12
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Universidad Nacional de Huancavelica
Resumen
Por el presente y en atención al Derecho Constitucional es que se señala la importancia que tiene el matrimonio para la sociedad y para el Estado. Resulta importante enfocar nuestra atención en la repercusión del principio de no-regresividad constitucional en materia familiar (matrimonio) poniendo en énfasis la realidad actual (matrimonios homoparentales) En esta línea se ha planteado como problema general: ¿Tiene repercusión el principio de no regresividad constitucional con la institución jurídica del matrimonio en Huancavelica durante el periodo 2022? y como objetivo general: Determinar si el principio de no regresividad constitucional tiene repercusión con la institución jurídica del matrimonio en Huancavelica durante el periodo 2022. El tipo de investigación fue la descriptiva – cuantitativa, de un nivel descriptivo – explicativo y de un diseño no experimental de corte transversal. Así mismo se aplicaron los métodos científico, exegético y el hipotético – deductivo; y para la recolección de datos se utilizó como técnica a la encuesta y como instrumento al cuestionario. Como resultado se obtuvo que 32% (7) consideran que no y en tanto el 68% (15) consideran que sí, respecto a que el principio de no-regresividad constitucional tiene repercusión en la institución jurídica matrimonio. Bajo este resultado tan importante se concluye señalando que hay una importante consideración respecto a que el principio de no-regresividad la cual implicaría en aquellas normas que afecten la promoción del matrimonio incluyendo en este caso sobre aquellas personas de un mismo sexo lo cual a nivel internacional se ha entendido que este principio requiere la no afectación de las nuevas formas de matrimonio ya reconocidas a nivel latinoamericano.
Descripción
Palabras clave
Repercusión, Principio de no-regresividad constitucional, Materia, Familiar y matrimonio