Tesis 2019
URI permanente para esta colección
Examinar
Examinando Tesis 2019 por Título
Mostrando 1 - 20 de 37
Resultados por página
Opciones de ordenación
- Ítem"AFECTACIÓN DE LA PERSONALIDAD DEL NIÑO: SUPRESIÓN DEL APELLLIDO PATERNO A CAUSA DEL ABANDONO DE LA RELACIÓN PATERNO - FILIAL, HUANCAVELICA - 2017(Universidad Nacional de Huancavelica, 2019-11-04) Curasma Laurente, Deicy Marleny; Del Carmen Iparraguirre, Denjiro FélixLa importancia del desarrollo de la presente investigación titulado “Afectación de la personalidad del niño: Supresión del apellido paterno a causa del abandono de la relación paterno – filial, Huancavelica – 2017”, parte de la idea donde los menores por causas ajenas a su voluntad son abandonados por sus padres (papá), esto a temprana edad, situación que genera que el menor no conozca a su padre, creciendo o desarrollándose con una figura paterna ausente, cuya figura es suplido por personas que componen a su alrededor como los parientes cercanos, Abuelos, tíos, primos y vecinos, por ausencia de ellos se encuentra como primera interacción la madre quien ante su situación representa la figura de padre y madre a la vez. Por tanto, veo la importancia de la presente investigación que el menor al verse afectado por un apellido que no se identifica, se pueda suprimir el apellido paterno bajo el motivo del abandono del padre a la relación paterno – filial, porque el padre dejo, olvido y abandono al menor, quien no ha cumplido con su obligación y deber de padre, por ello nuestras normas deberían de actualizarse a las necesidades y problemáticas que se presentan en la sociedad. Planteándose como objetivo general, conocer si, procede la supresión del apellido paterno a causa del abandono de la relación paterno – filial, conforme al derecho comparado, del mismo que dio como resultado que no procede la supresión del apellido paterno a causa del abandono de la relación paterno – filial, sin embargo, que revisado en el derecho comparado como es el país de Argentina si procedió la supresión del apellido paterno bajo este motivo. Para el desarrollo de esta investigación no se tuvo antecedentes a nivel regional o local, pero si se encontró tesis a nivel nacional e internacional de similar contenido en lo que respecta al abandono familiar, y la afectación de la personalidad del niño, los mismos que coadyuvaron de manera académica al desarrollo de esta investigación. De la aplicación del instrumento para obtener los resultados de la investigación, se tuvo una respuesta negativa, del cual no procedería la supresión del apellido paterno a causa del abandono de la relación paterno – filial, por tanto, creo por conveniente reiterar la idea que las normas deberían de acomodarse y actualizarse a las necesidades y problemáticas que se presenta en la sociedad, porque todo se encuentra en un ciclo cambiante. Palabras Claves: Supresión del apellido, apellido, relación paterno – filial, Abandono, personalidad y personalidad del niño.
- ÍtemEL APLAZAMIENTO INNECESARIO DE DILIGENCIAS PRELIMINARES EN LA INVESTIGACIÓN PREPARATORIA, EN LAS FISCALÍAS PROVINCIALES PENALES CORPORATIVAS - HUANCAVELICA - 2017(Universidad Nacional de Huancavelica, 2019-05-22) De la Cruz Sullca, Yaneth; Pérez Villanueva, Job JosueEl presente trabajo de investigación comprueba la existencia del aplazamiento innecesario de las Diligencias Preliminares en las Fiscalías Provinciales Corporativas de Huancavelica en el año 2017; el mismo que ha sido formulado habiendo observado el problema del aplazamiento que se realiza en las Disposiciones de Diligencias Preliminares en las investigaciones fiscales, más aún cuando investigación penal no reviste la característica de ser un caso complejo. La presente investigación se titula “El aplazamiento innecesario de las Diligencias Preliminares en la Investigación Preparatoria, en las Fiscalías Provinciales Penales Corporativas - Huancavelica – 2017”, y cuyo objetivo principal es Determinar la existencia del aplazamiento innecesario de las Diligencias Preliminares en la Investigación Preparatoria, en las Fiscalías Provinciales Penales Corporativas - Huancavelica – 2017, y para lo cual se utilizó el tipo de investigación básica; se utilizó el método científico y se apoyó con en el método descriptivo, con un diseño de corte transversal en el tiempo no experimental, utilizando para dicho propósito como técnica la encuesta como instrumento de recolección de datos, obteniendo la muestra mediante criterios de inclusión y finalmente se logró determinar a través de la Hipótesis que “si existe, el aplazamiento innecesario de Diligencias Preliminares en la Investigación Preparatoria, en las Fiscalías Provinciales Penales Corporativas - Huancavelica – 2017”, la misma que se encuentra avalada por la presentación de datos, resultado de las encuestas aplicadas y de la recolección de documentos. Palabras Clave - Aplazamiento Innecesario. - Diligencias Preliminares - Investigación Preparatoria.
- ÍtemAPLICACIÓN DE LA TEORIA DEL DAÑO POR REBOTE PRODUCIDO POR UN HECHO ILÍCITO EN LA OBLIGACIÓN ALIMENTICIA, HUANCAVELICA - 2018(Universidad Nacional de Huancavelica, 2019-10-17) Pirca Macetas, Roger; Del Carmen Iparraguirre, Denjiro FélixEl presente trabajo de investigación tiene como objetivo determinar si procede la aplicación de la Teoría del Daño por Rebote a causa de un hecho ilícito producido al deudor alimenticio en la prestación de los alimentos en Huancavelica - 2018. Para poder cumplir con el objetivo planteado se empleó el tipo de investigación Básica, nivel Descriptivo - Correlacional con diseño no experimental de corte transversal. La muestra estuvo conformada por 10 magistrados del ámbito privado y público, tanto del Distrito Judicial como del Distrito Fiscal de Huancavelica y 5% de abogados litigantes del Colegio de Abogados de Huancavelica, equivalente a 25 abogados. El cual se obtuvo mediante el muestreo no probabilístico - intencional; obteniendo los siguientes resultados: el 64% de los abogados litigantes y el 100% de los magistrados consideran que los perjudicados por el ilícito producido al deudor alimenticio serían los hijos, conyugue o concubina, los ascendientes y los hermanos de no existir más parientes consanguíneos. Por lo que deben ser indemnizados por el daño patrimonial y daño moral ocasionado; el 72% de los abogados litigantes y 80% de los magistrados consideran que las consecuencias jurídicas que generan el ilícito producido al deudor alimenticio seria: la indemnización patrimonial y moral por las lesiones corporales si la victima sobrevive y un quiebre en la moral prestación de la obligación alimentaria si la victima fallece; el 80% de los abogados litigantes y 90% de los magistrados consideran que el agresor debería asumir los gastos patrimoniales (alimentos) y morales hacia el cónyuge y concubina, y descendientes del agraviado; de este modo se arribaron a las siguientes conclusiones: todo daño ocasionado debe ser resarcido, más cuando la vida de la víctima se encuentre en riesgo. En nuestro caso cuando el daño ocasionado afecte el interés superior del niño y del adolescente; por lo que, procede la aplicación de la Teoría del Daño por Rebote a causa de un hecho ilícito producido al deudor alimenticio en la prestación de los alimentos en Huancavelica - 2018. Palabras claves: la Teoría del Daño por Rebote, hecho ilícito, obligación alimenticia.
- Ítem"ARGUMENTO JURIDICO PARA INVOCAR A DIOS EN EL PREAMBULO ANTE LA IGUAL VIGENCIA DEL DERECHO A LA LIBERTAD DE CONCIENCIA Y DE RELIGIÓN, CONSTITUCIÓN - 1993, HUANCAVELICA - 2018"(Universidad Nacional de Huancavelica, 2019-10-15) Enrriquez Sullcaray, Zósimo; Baslualdo García, Percy EduardoLa presente investigación trata de un derecho fundamental de la persona, la cual es la libertad de conciencia y de religión, indicados derechos fundaméntales de primera ratio y forman parte de la estructura constitucional peruana, en específico se centra, al cuestionarse el porqué de mencionar a Dios en el preámbulo en la actual constitución, por razones que la misma garantiza tal derecho. Tal cual afirma el Doctor Sessarego, al afirmar que el preámbulo de una constitución tiene un propósito, en tal sentido, cuando se cuestiona la vigencia de este derecho, ubicar el contenido constitucional del derecho a la libertad de conciencia y de religión. En cuanto a la justificación, si bien es cierto hay distintas formas de explicar, uno de ellos siendo el valor teórico que pretendo demostrar en esta investigación es, si este derecho a la libertad de conciencia y de religión, está siendo vulnerado al invocar a Dios en el preámbulo de la Constitución Política; asimismo, saber si nuestra Constitución Política al preferir una religión y estableciendo en el preámbulo contradice la vigencia. Dentro del marco teórico respecto a este derecho, se concluye que todo Estado democrático debe garantizar el respeto y el goce eficaz de este derecho, por tanto la preferencia a una religión establecido en el preámbulo de la constitución contradice al ejercicio eficaz del derecho a la conciencia y de religión. Palabras clave: Libertad de conciencia y de religión, preámbulo, Constitución.
- Ítem" LA "CANTIDAD" DE ENGAÑO COMO DISCRIMINACIÓN A LA VÍCTIMA EN EL DELITO DE ESTAFA, DISTRITO JUDICIAL DE HUANCAVELICA - 2018"(Universidad Nacional de Huancavelica, 2019-12-18) Quinto Quispe, Hamer; Flores Apaza, Esteban EustaquioLa finalidad de la presente tesis ha sido establecer si existe discriminación a la víctima al exigir «cantidad» de engaño en el delito de estafa, en el distrito judicial de Huancavelica – 2018. Para lo cual se consideró la opinión de especialistas en el conocimiento de este ilícito penal, siendo 04 Magistrados del Poder judicial de Huancavelica, 04 Fiscales de especialidad, 04 Abogados litigantes de especialidad y 02 docentes universitarios de especialidad, siendo el muestreo de tipo intencional y no probalístico o no aleatorio. Para su estudio se procedió a utilizar la técnica de la encuesta. Los resultados encontrados fueron los siguientes: existe discriminación a la víctima al exigir cantidad de engaño en el delito de estafa en el distrito judicial de Huancavelica, 2018. Asimismo el efecto de ponderar la cantidad de engaño en el delito de estafa, deviene a la discriminación de la víctima. También tenemos como resultados que en la actual configuración no se toma en cuenta el tipo y calidad de persona como efecto de ponderar la cantidad de engaño en el delito de estafa. Finalmente, el efecto de no exigir tal cantidad de engaño como factor que determina la existencia del delito de estafa, deviene en un mejor acceso a la justicia de las víctimas. Palabras clave: Delito de estafa, idoneidad del engaño (engaño bastante) y discriminación.
- Ítem"CAUSAS IMPEDITIVAS DE READAPTACION SOCIAL DE LOS INTERNOS DEL ESTABLECIMIENTO PENITENCIARIO SAN FERMÍN - REGIÓN DE HUANCAVELICA EN EL AÑO 2016"(Universidad Nacional de Huancavelica, 2019-09-30) Ore Flores, Yovana; Enriquez Ochoa, AnthonyEl presente trabajo de investigación titulado “CAUSAS IMPEDITIVAS DE READAPTACIÓN SOCIAL DE LOS INTERNOS DEL ESTABLECIMIENTO PENITENCIARIO SAN FERMÍN - REGIÓN DE HUANCAVELICA EN EL AÑO 2016” responde al problema ¿Cuáles son las causas impeditivas de readaptación social de los internos del establecimiento penitenciario San Fermín - Región de Huancavelica en el 2016?. El objetivo general es identificar las causas impeditivas de readaptación social de los internos del establecimiento penitenciario San Fermín - Región de Huancavelica en el 2016. Los objetivos específicos son: Describir las causas impeditivas de readaptación social, en el periodo de ubicación, de los internos del establecimiento penitenciario San Fermín; Explicar las causas impeditivas de readaptación social, en el periodo de identificación, de los internos del establecimiento penitenciario San Fermín; Exponer las causas impeditivas de readaptación social, en el periodo de observación y clasificación, de los internos del establecimiento penitenciario San Fermín; Indicar las causas impeditivas de readaptación social, en el periodo de tratamiento penitenciario, de los internos del establecimiento penitenciario San Fermín; y Mencionar las causas impeditivas de readaptación social, en el periodo de prueba, de los internos del establecimiento penitenciario San Fermín. En cuanto a la metodología, el tipo de investigación es aplicada, el nivel de investigación es descriptive-correlacional, los métodos de investigación son método dialéctico, analítico, descriptivo, analítico, sintético. El diseño de investigación es el no experimental, transversal, descriptivo. La población es 50 sentenciados del establecimiento penitenciario San Fermin de Huancavelica. La muestra es censal, es decir los sentenciados del establecimiento penitenciario San Fermin de Huancavelica. La técnica e instrumento de recolección de datos fue el cuestionario. Los resultados obtenidos en la investigación son los siguientes: Se concluye que el proceso de readaptación social de los internos en el establecimiento penitenciario de San Fermín de la región de Huancavelica, en el año 2016, se desarrolla con el sistema penitenciario progresivo establecido en el Código de Ejecución Penal vigente, adoptado por las Naciones Unidas (Artículo IV y X del Título Preliminar del Código de Ejecución Penal y el artículo 3° y 5°del reglamento del Código de Ejecución Penal). Los periodos del sistema progresivo peruano son: a) Periodo de ubicación (ubicación de interno en un establecimiento penitenciario); b) Periodo de identificación (elaboración de la ficha de identificación y hoja penológica); c) Periodo de observación y clasificación (estudio integral, diagnóstico, pronóstico y programa de tratamiento, así como la ubicación del interno dentro del establecimiento penitenciario); d) Periodo de tratamiento penitenciario (trabajo, educación, salud, asistencia social, asistencia legal, asistencia psicológica, asistencia religiosa); e) Periodo de prueba (Semilibertad y liberación condicional). EL 100% de los encuestados consideran que el proceso de readaptación social de los internos del establecimiento penitenciario es malo y es debido principalmente a la ausencia o mala infraestructura, ausencia o mal equipamiento, ausencia o escasa cantidad de insumos y a la ausencia de cantidad necesaria del personal. ha evidenciado que el periodo de ubicación del proceso de readaptación social de los internos del establecimiento penitenciario de San Fermín en el año 2016 no se realiza, conforme a los encuestados (100%) y a la visita realizada, es debido a la ausencia de un establecimiento de asistencia post-penitenciaria y de ejecución penas limitativas de derechos. Se ha determinado que 72% de los encuestados mencionan que el periodo de identificación del proceso de readaptación social de los internos del establecimiento penitenciario de San Fermín al 2016 es mala y el 14% de los encuestados manifiestan que el periodo de identificación del proceso de readaptación social de los internos del establecimiento penitenciario de San Fermín al 2016 es regular. Esta situación es explicada según el 86% de los encuestados por la ausencia o escasa cantidad de personal y según el 28% de los encuestados es debido a la ausencia o mala infraestructura. Se ha evidenciado que el periodo de observación y clasificación del proceso de readaptación social de los internos del establecimiento penitenciario de San Fermín al 2016 es mala (el 100% de los encuestados manifiestan que es así). Las causas impeditivas para el estudio integral, diagnóstico y formulación del programa de tratamiento, según el 100% de los encuestados es la mala infraestructura, conforme al 86% de los encuestados es el mal equipamiento, según el 100% es la escasa cantidad de personal y según el 18% de los encuestados es debido a la escasa cantidad insumos. La causa impeditiva para la ubicación adecuada en el establecimiento penitenciario, según el 100% de los encuestados, es debido a la ausencia o mala infraestructura. Se ha encontrado evidencia que el trabajo del periodo de tratamiento del proceso de readaptación social de los internos del establecimiento penitenciario de San Fermín al 2016 es mala (el 100% de los encuestados manifiestan que es así). Las causas impeditivas para la promoción del trabajo por la administración penitenciaria, según el 58% de los encuestados es la mala infraestructura, conforme al 46% de los encuestados es el mal equipamiento, según el 92% es la escasa cantidad de personal y según el 26% de los encuestados es debido a la escasa cantidad insumos. Las causas impeditivas del desarrollo del trabajo creador o conservador de hábitos laborales, productivos o terapéuticos en el establecimiento penitenciario según el 100% de los encuestados es debido a la ausencia o mala infraestructura y al mal equipamiento, asimismo, según el 94% de los encuestados la causa impeditiva del desarrollo del trabajo creador o conservador de hábitos laborales, productivos o terapéuticos en el establecimiento penitenciario es la escasa cantidad de insumos; y finalmente, para el 92% de los encuestados la causa impeditiva del desarrollo del trabajo creador o conservador de hábitos laborales, productivos o terapéuticos en el establecimiento penitenciario es la escasa cantidad de personal. Existe evidencia empírica que la educación del periodo de tratamiento del proceso de readaptación social de los internos del establecimiento penitenciario de San Fermín al 2016 es mala (el 100% de los encuestados manifiestan que es así). Las causas impeditivas para el funcionamiento adecuado de centros educativos y biblioteca, según el 100% de los encuestados es la mala infraestructura, mal equipamiento, escasa cantidad de insumos y escasa cantidad de personal. Las causas impeditivas del acceso adecuado a libros, revistas y diarios de circulación nacional según el 100% de los encuestados es debido a la escasa cantidad de insumos. Se ha evidenciado que la salud del periodo de tratamiento del proceso de readaptación social de los internos del establecimiento penitenciario de San Fermín al 2016 es mala y regular (el 64% de los encuestados manifiestan que es mala y el 36% manifiestan que es regular). Las causas impeditivas para la atención médica-sanitaria equivalente a la de la población en libertad, según el 94% de los encuestados, es la mala infraestructura; y para el 100% de los encuestados las causas impeditivas para la atención médica-sanitaria equivalente a la de la población en libertad son el mal equipamiento, escasa cantidad de insumos y escasa cantidad de personal. Las causas impeditivas del suministro adecuado de medicinas y otras prestaciones complementarias básicas de salud, según el 100% de los encuestados, es debido a la escasa cantidad de insumos; asimismo, para el 92% de los encuestados es debido a la escasa cantidad de personal, finalmente, para el 72% de los encuestados es debido a la mala infraestructura y mal equipamiento. Las causas impeditivas del servicio adecuado de enfermería permanente son debido a la mala infraestructura (84% de los encuestados manifiestan que es así), debido a mal equipamiento (46% lo manifiestan así), debido a la escasa cantidad de insumos (64% de los encuestados manifiestan que es así), y el 100% de los encuestados manifiestan que es debido a la escasa cantidad de personal. Las causas impeditivas para la alimentación adecuada de los internos, según el 100% de los encuestados manifiestan que es debido a la mala infraestructura y escasa cantidad de insumos, según el 92% de los encuestados es debido al mal equipamiento y según el 82% es debido a la escasa cantidad de personal. Las causas impeditivas para la existencia de dormitorios adecuados de los internos, según el 100% de los encuestados es debido a la mala infraestructura y mal equipamiento, y según el 56% es debido a la escasa cantidad de insumos. Existe evidencia empírica que la asistencia social del periodo de tratamiento del proceso de readaptación social de los internos del establecimiento penitenciario de San Fermín al 2016 es mala (el 100% de los encuestados manifiestan que es mala). Las causas impeditivas para la promoción adecuada de la restitución, mantenimiento y refuerzo del vínculo del interno con su familia, según el 100% de los encuestados es debido a la escasa cantidad del personal; según el 42% de los encuestados es a causa de mala infraestructura y según el 24% es debido a mal equipamiento. Las causas impeditivas para la promoción de redes de soporte institucional que coadyuven al tratamiento del interno y apoyo al interno de escasos recursos es debido a la escasa cantidad de personal (el 100% de los encuestados lo expresan así). Las causas impeditivas para la atención asistencial a los hijos menores de 3 años de las internas para garantizar su normal desarrollo de su personalidad, según al 100% de los encuestados, es debido a la ausencia de infraestructura, al mal equipamiento, a la escasa cantidad de insumos y a la escasa cantidad de personal. Se ha evidenciado que la asistencia legal del periodo de tratamiento del proceso de readaptación social de los internos del establecimiento penitenciario de San Fermín al 2016 es mala (el 100% de los encuestados manifiestan que es mala). La causa impeditiva para la asistencia legal adecuada es debido a la escasa cantidad de personal (el 100% de los encuestados lo expresan así). Existe evidencia empírica que la asistencia psicológica del periodo de tratamiento del proceso de readaptación social de los internos del establecimiento penitenciario de San Fermín al 2016 es mala (el 100% de los encuestados manifiestan que es mala). Las causas impeditivas para las adecuadas consultorías, psicoterapias individuales, familiares o grupales orientadas al tratamiento son: mala infraestructura, mal equipamiento, escasa cantidad de insumos y la escasa cantidad de personal (el 100% de los encuestados lo expresan así). La causa impeditiva para la coordinación adecuada con instituciones públicas y privadas para el apoyo psicológico a la población penitenciaria es la escasa cantidad de personal. Se ha determinado que la asistencia religiosa del periodo de tratamiento del proceso de readaptación social de los internos del establecimiento penitenciario de San Fermín al 2016 es mala (el 100% de los encuestados manifiestan que es mala). Para el 100% de los encuestados las causas impeditivas para la práctica libre de la religión en el establecimiento penitenciario es la mala infraestructura y el mal equipamiento y para el 64% de los encuestados las causas impeditivas para la práctica libre de la religión es la escasa cantidad de personal. Para el 100% de los encuestados la causa impeditiva para la promoción de la actividad religiosa es la escasa cantidad de personal, para el 88% de los encuestados la causa impeditiva para la promoción de la actividad religiosa es la mala infraestructura y para el 54% de los encuestados la causa impeditiva para la promoción de la actividad religiosa es el mal equipamiento. La causa impeditiva para la facilitación de los ambientes necesarios para el desarrollo de la actividad religiosa, según el 88% de los encuestados, es la mala infraestructura; para el 86% de los encuestados la causa impeditiva para la facilitación de los ambientes necesarios para el desarrollo de la actividad religiosa es la escasa cantidad de personal; y la causa impeditiva para la facilitación de los ambientes necesarios para el desarrollo de la actividad religiosa, según el 82% de los encuestados, es el mal equipamiento. Se concluye que el periodo de prueba del proceso de readaptación social de los internos del establecimiento penitenciario de San Fermín al 2016 es mala (el 100% de los encuestados manifiestan que es así). Las causas impeditivas para la realización de las actividades propias del interno en Semilibertad, según el 100% de los encuestados, son: la ausencia de la infraestructura, ausencia del equipamiento, escasa cantidad de insumos y escasa cantidad de personal. Las causas impeditivas para la realización de las actividades propias del interno en Liberación condicional, según el 100% de los encuestados, son: la ausencia de la infraestructura, ausencia del equipamiento, escasa cantidad de insumos y escasa cantidad de personal. Palabras clave: readaptación social, sentenciados, establecimiento penitenciario.
- ÍtemLA CUSTODIA CONJUNTA: SOLUCION O CONFLICTO EN EL EJERCICIO DE LA PATRIA POTESTAD HUANCAVELICA - 2016(Universidad Nacional de Huancavelica, 2019-12-18) Saéz Huamán, Carlos Alberto; Perez Villanueva, Job JosuéRESUMEN La presente investigación data sobre “LA CUSTODIA CONJUNTA: SOLUCIÓN O CONFLICTO EN EL EJERCICIO DE LA PATRIA POTESTAD, HUANCAVELICA – 2016”, orientada por el objetivo general de: Analizar si la custodia conjunta constituye una solución o conflicto en el ejercicio de la patria potestad cuando los matrimonios y uniones de hecho fracasan. El presente trabajo se basa en profundizar ¿Cuando los matrimonios y uniones de hecho fracasan, la custodia conjunta constituye una solución o conflicto en el ejercicio de la patria potestad, Huancavelica - 2016? La metodología empleada en este trabajo incluye la realización de recopilación informativa doctrinaria, tanto a nivel nacional como internacional. Asimismo, el Tipo de Investigación es Básica, el Nivel de Investigación es descriptivo y exploratorio, el Diseño de Investigación es un diseño no experimental de tipo descriptivo; se empleó la Técnica de la encuesta y como instrumento el cuestionario, para la recolección de datos. 1. En síntesis, se tienen como conclusiones más importantes los siguientes: La custodia conjunta constituye una solución en el ejercicio de la patria potestad cuando los matrimonios y uniones de hecho han fracasado. 2. La custodia conjunta permite un mayor control de las responsabilidades de ambos padres, ya que se presentarán menos conflictividad y más cooperación, y sobretodo mayor responsabilidad en torno a los hijos; siempre en cuando no afecten sus derechos y garantías. 3. La custodia conjunta permite a ambos padres establecer vínculos afectivos sólidos entre ellos y entre éstos y sus hijos en el ejercicio de la patria potestad. Dejando de lado rivalidades personales interpretados muchas veces en el factor económico Palabras Claves: Custodia conjunta, solución o conflicto y ejercicio de la patria potestad.
- Ítem“DETENCIÓN IMPUTATIVA Y SU DESNATURALIZACIÒN COMO PRESIÓN PSICOLÓGICA EN EL IMPUTADO, DESDE LA APRECIACIÒN DE LOS JUZGADOS DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA, HUANCAVELICA – 2019”(Universidad Nacional de Huancavelica, 2019-12-18) Palomino Vargas, David Jerson; Basualdo Garcia, Percy EduardoLa detención imputativa y su desnaturalización como presión psicológica en el imputado, desde la apreciación de los juzgados de investigación preparatoria es un trabajo de investigación que aborda sobre una base constitucional correspondiente al proceso penal, el cual reside en la formulación adecuada de una imputación, esto implica una atribución concisa, detalla, especificada y explícita de una correspondencia de apariencia delictiva individualizada en concreto, a un individuo en particular, con un grado de conexión probable, para que este posea la probabilidad de ejercitar adecuadamente su derecho de defensa. De manera indispensable la referencia del derecho de defensa se ve involucrado en la imputación necesaria, desde el instante en el que se cita o detiene al acusado por parte de la autoridad, la imputación es el inicio, para que el acusado pueda realizar la posibilidad del defenderse de lo que se le imputa, siendo que no habiéndose informado la imputación formulada a la persona quien presenta el cargo en contra suya, o simplemente no se encuentra existencia de dicha imputación, el ejercicio del derecho de defensa no será apropiado y será desvalorado desde la vista constitucional y legal, ya que el acusado no será consciente del todo sobre el contenido de la imputación que se le formuló y la consecuencia de la desnaturalización de la misma. Por lo expuesto, se origina la investigación, en cual nació a raíz de la problemática: ¿Cómo se desnaturaliza la detención imputativa en presión psicológica en el imputado, desde la apreciación de los juzgados de Investigación Preparatoria, Huancavelica - 2019?; en donde se trazó el objetivo de: Determinar cómo se desnaturaliza la detención imputativa en un tipo de presión psicológica en el imputado, desde la apreciación de los juzgados de Investigación Preparatoria, Huancavelica-2019; para lo cual se planteó la hipótesis general: El hecho del tránsito a la prisión preventiva, y no el apersonamiento a la investigación, es como se desnaturaliza la detención imputativa en un tipo de presión psicológica en el imputado, desde la apreciación de los juzgados de Investigación Preparatoria, Huancavelica-2019. Para lo cual, la investigación se encuentra estructurada de la siguiente manera: En el Capítulo I, se plasmó el planteamiento del problema. En el Capítulo II se realizó la descripción del marco teórico. En el Capítulo III se realizó la presentación de la metodología de investigación. El Capítulo IV Resultados de la Investigación, finalmente se presentó las referencias bibliográficas y el apéndice. Palabras clave: detención preliminar, detención preventiva, imputación necesaria, presión psicológica.
- Ítem"EL DILEMA COLATERAL ENTRE DERECHO, DEBER Y ATRIBUTO RESPECTO A LA PATRIA POTESTAD, LA TENENCIA, LA CUSTODIA Y LA GUARDA: UN ANÁLISIS DOCTRINAL, HUANCAVELICA - 2018"(Universidad Nacional de Huancavelica, 2019-12-17) Palomino Rivas, Anilu; Flores Apaza, Esteban EustaquioLa presente investigación lleva por título: EL DILEMA COLATERAL ENTRE DERECHO, DEBER Y ATRIBUTO RESPECTO A LA PATRIA POTESTAD, LA TENENCIA, LA CUSTODIA Y LA GUARDA: UN ANALISIS DOCTRINAL, HUANCAVELICA – 2018, tema desarrollado por posibles colisiones entre instituciones jurídicas en el Derecho de Familia, como son: la patria potestad, la tenencia, la custodia y la guarda. El Objetivo fue: Determinar si en el sistema jurídico peruano existe un adecuado análisis doctrinal respecto a la patria potestad, la tenencia, la custodia y la guarda, Huancavelica - 2018. La metodología empleada en este trabajo incluye la realización de recopilación informativa, doctrinaria (legislación comparada: española) y jurisprudencial, tanto a nivel nacional como internacional. De la misma forma, el Tipo de Investigación es Básica, el Nivel de Investigación es Descriptivo y Exploratorio, entre los Métodos de Investigación empleados fueron el Científico y el Analítico – Jurídico, el Diseño de Investigación es un Diseño No Experimental de tipo Transversal Descriptivo; para la recolección de datos, el proceso y la contratación de la hipótesis se ha empleado la Técnica de la encuesta y como instrumento el cuestionario. Entre los resultados más importantes tenemos que la tabla y gráfico No. 17, donde indica: un porcentaje mayoritario del 70.00% logró determinar que Si existe en el sistema jurídico peruano un adecuado análisis doctrinal respecto a la patria potestad, la tenencia, la custodia y la guarda, Huancavelica -2018; por otro lado, con un porcentaje minoritario del 30.00% logró determinar qué No existe en el sistema jurídico peruano un adecuado análisis doctrinal respecto a la patria potestad, la tenencia, la custodia y la guarda, Huancavelica -2018. Como conclusión se logró determinar que en el sistema jurídico peruano existe un adecuado análisis doctrinal respecto a la patria potestad, la tenencia, la custodia y la guarda en Huancavelica durante el año 2018. Palabras Clave: Dilema colateral, derecho, deber, atributo, patria potestad, tenencia, custodia y guarda.
- Ítem"EFECTIVIDAD DE LAS MEDIDAS DE PROTECCIÓN EN LA REDUCCIÓN DE LA VIOLENCIA FAMILIAR, EN EL DISTRITO DE HUANCAVELICA, EN EL AÑO 2017"(Universidad Nacional de Huancavelica, 2019-05-07) Martinez Illanes, Lilian; Basualdo García, Percy EduardoEl 23 de noviembre del 2015, se publicó en el Diario El Peruano la Ley 30364, Ley para Prevenir, Sancionar, y Erradicar la Violencia Contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, la misma que derogó la Ley 26260, Ley de Protección Frente a la Violencia Familiar. Siguiendo esas modificatorias, el 04 de setiembre de 2018, se publicó el Decreto Legislativo 1386 que modifica la mencionada Ley, dando como principal modificación la reducción del plazo para la emisión de la respectiva medida de protección; asimismo, recientemente se tiene del último 07 de marzo, la publicación del Reglamento modificado a través del Decreto Supremo 004-2019-MIMP. En este marco se orienta el presente trabajo, tomando en consideración que esta nueva ley ha sido calificada de forma positiva por parte del Estado para luchar contra la violencia hacia las mujeres; sin embargo, se puede afirmar que a través de la Ley 30364 se incorporan mecanismos innovadores como son el mapa gráfico y georreferencial, la obligación de la línea directa para atender los pedidos de resguardo de la víctima, la aplicación de la ficha de valoración de riesgo y la especificación de otras medidas de protección; sin embargo considero que estas no se ejecutan de manera adecuada pues cada año que pasa, la violencia contra la familia y específicamente contra las mujeres va en aumento, resultando en tal sentido nada efectivos para proteger a las mujeres víctimas de actos de violencia y mucho menos aportar en la reducción de los altos índices. Para ello se ha procedido a la revisión de 11 casos en los cuales las mujeres fueron víctima de violencia familiar y 21 efectivos policiales, los cuales según la nueva Ley, son los responsables del cumplimiento efectivo de la medida de protección emitida, ello en el Juzgado de Familia de Huancavelica, durante el año 2017. De lo expuesto, se constató que el cumplimiento de las medidas de protección, es responsabilidad al 100% de los efectivos policiales, los mismos que si no pueden combatir la inseguridad, menos pueden con la seguridad de las víctimas de violencia familiar, ello debido a la escases de personal y dotación logística, pues solamente cuentan con 21 efectivos policiales en la Comisaría de Familia y un solo vehículo, con lo cual no se puede hablar de un correcto monitoreo de la victimas con medidas de protección. Asimismo, la emisión de las medidas de protección en el plazo establecido por la normatividad, no se cumple, pues el Juzgado de Familia pone a conocimiento de la Comisaría, pasado los 05 días. De ese modo se enfoca el trabajo, demostrando a partir de los instrumentos aplicados que la vigente ley aún no garantiza plenamente los derechos de las mujeres víctimas de violencia puesto que incorpora mecanismos ineficaces para su protección. PALABRAS CLAVE: - Medidas De Protección - Violencia - Mujer - Familia - Efectivos Policiales
- ÍtemEFECTOS DEL SINDROME DE ALINEACIÓN PARENTAL EN LAS FAMILIAS AFINES DESDE LA ÓPTICA DE LA CONVENCIÓN DE LOS DERECHOS DEL NIÑO, HUANCAVELICA - 2019(Universidad Nacional de Huancavelica, 2019-12-12) Laura Vidalon, Erika Anne; Pérez Villanueva, Job JosuéEl presente trabajo titulado: “EFECTOS DEL SÍNDROME DE ALIENACIÓN PARENTAL EN LAS FAMILIAS AFINES DESDE LA ÓPTICA DE LA CONVENCIÓN DE LOS DERECHOS DEL NIÑO, HUANCAVELICA – 2019.”, se ha desarrollado para poder tener en cuenta y que pueda legislarse ciertas obligaciones, deberes y derechos de los padres afines hacia los hijos afines, es decir preguntarnos si procede el SAP en las familias ensambladas. La metodología responde a los siguiente: el Tipo de Investigación es Básica, el Nivel de Investigación es Exploratorio, Descriptivo y Correlacional, entre los Métodos de Investigación empleados fueron el Científico, el Analítico – Jurídico, el sintético, el descriptivo y el estadístico, el Diseño de Investigación es un Diseño No Experimental de tipo Transversal Descriptivo; para la recolección de datos, el proceso y la contratación de la hipótesis se ha empleado la Técnica de la encuesta y como instrumento el cuestionario. Los resultados de la tabla N° 11 y del gráfico N° 11, nos muestra que el 90% de los encuestados considera que este nuevo modelo de familia no cuenta con regulación jurídica, mientras que el 10% considera que este nuevo modelo de familia si tiene marco jurídico. Como conclusión se ha determinado que los efectos son similares a los de un padre biológico. Es decir, el padre afín también puede cometer el SAP hacia los hijos afines cuyos efectos serian: problemas de autoestima, falta de habilidades sociales y dificultades en la expresión, trastornos de personalidad, ansiedad, miedo y estrés y odio hacia uno de los padres. Palabras Clave: Efectos, Síndrome de Alienación parental, familias afines, óptica y Convención de los Derechos del Niño.
- Ítem"FACTORES QUE AFECTAN LA RESOCIALIZACIÓN DE LOS INTERNOS DEL ESTABLECIMIENTO PENITENCIARIO DE HUANCAVELICA DURANTE EL 2015 - 2016"(Universidad Nacional de Huancavelica, 2019-07-24) Mancha Quispe, Magda Yhini; Flores Apaza, Esteban EustaquioLa Tesis que he denominado “FACTORES QUE AFECTAN LA RESOCIALIZACIÓN DE LOS INTERNOS DEL ESTABLECIMIENTO PENITENCIARIO DE HUANCAVELICA DURANTE EL 2015-2016”, responde a la necesidad de determinar y explicar los factores que dificultan la resocialización de los internos del establecimiento penitenciario de nuestra localidad. Estos factores son: a) la sobrepoblación que no determina condiciones favorables para la resocialización, al estar los internos aglomerados en un solo lugar, y sobrepasando la capacidad de albergue; b) deficiente infraestructura que juega un papel importante en la resocialización, en cuanto al ambiente adecuado para este; c) la situación jurídica que reside en el hecho de que en las celdas y patios conviven internos sentenciados y procesados acusados de diversos delitos, lo cual genera un ambiente incomodo en lo referente a los rumores que puedan surgir sobre uno u otro interno, situación que también acarrea el aprendizaje de nuevas conductas delictivas y el perfeccionamiento de las mismas por parte de los internos más inexpertos del penal; y, d) la ausencia de adecuadas políticas penitenciarias por parte del Estado para lograr una efectiva resocialización de los internos del establecimiento penitenciario de nuestra localidad. Teniendo en cuenta esto, se concluye que estos factores dificultan el proceso de resocialización. Asimismo, para los fines del presente trabajo de investigación se ha tomado en cuenta el estudio y análisis de métodos utilizados para la efectiva Resocialización de los internos; entre estos hemos tomado el estudio del método laboral (trabajo penitenciario), el método educativo (educación penitenciaria), método médico y el método psicológico. Es así que, para lograr los objetivos del presente trabajo de investigación se realizó una encuesta a los internos del Establecimiento Penitenciario de Huancavelica; cuyo resultado está plasmado en el capítulo cuarto del presente trabajo. Palabras claves: Factores, Resocialización, Interno.
- Ítem"FACTORES QUE DETERMINAN EL INCREMENTO DE ACTAS CONCILIATORIAS CON FALTA DE ACUERDO EN LA CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL EN LA JURISDICCIÓN DE HUANCAVELICA - 2018"(Universidad Nacional de Huancavelica, 2019-06-06) Ore Flores, Rolando; Perez Villanueva, Job JosueEl presente trabajo de investigación denominado: “Factores que determinan el incremento de Actas Conciliatorias en la Conciliación Extrajudicial en la jurisdicción de Huancavelica - 2018”, la cual tuvo como objeto conocer la influencia de los factores económicos, culturales y cognitivos en el incremento de Actas Conciliatorias con falta de acuerdo en la conciliación extrajudicial con relación al Derecho Internacional en la jurisdicción de Huancavelica -2018. Siendo que el método utilizado es el de descriptivo simple. La población en la presente investigación se encuentra conformada por las partes conciliantes en la jurisdicción de Huancavelica y la muestra estaba conformada por 50 partes conciliantes de la jurisdicción de Huancavelica, la técnica utilizada fue la de encuesta, la que fue creada y aplicada mediante un cuestionario, con el fin de recoger la información que apruebe y permita establecer la influencia de los factores que determinan el incremento de actas conciliatorias con falta de acuerdo en la jurisdicción de Huancavelica. Sobre la recolección de la basta información, se puede llegar a concluir que los factores económicos, culturales y cognitivos en el incremento de Actas Conciliatorias con falta de acuerdo en la conciliación extrajudicial con relación al Derecho Internacional, influyen de manera positiva en la jurisdicción de Huancavelica en el año 2018; así mismo se logró determinar que el conocimiento de las partes conciliantes sobre las actas de conciliación en la toma de decisiones con falta de acuerdo en la conciliación extrajudicial en la jurisdicción de Huancavelica es de forma moderada, y por último se logró determinar que no existe la necesidad de conocer el Derecho Internacional para que las partes se sometan a un procedimiento conciliatorio de forma extrajudicial en la Jurisdicción de Huancavelica -2018. PALABRAS CLAVE: Conciliación; MARCs; Conciliación Extrajudicial; Conflicto; Acta De Conciliación; Incremento.
- Ítem"FACTORES QUE INTERVIENEN EN LA CORRECTA ADMINISTRACIÓN DE EJECUCIÓN DE OBRAS PUBLICAS EN LA MODALIDAD DE CONTRATA DIRECTA EN LA GERENCIA SUB REGIONAL DE CASTROVIRREYNA - AÑO 2016(Universidad Nacional de Huancavelica, 2019-09-30) Cépida Chanca, Marely; Loayza Huaman, Vladimir ÁngelEl trabajo de investigación que se titulado “FACTORES QUE INTERVIENEN EN LA CORRECTA ADMINISTRACIÓN DE EJECUCIÓN DE OBRAS PÚBLICAS EN LA MODALIDAD DE CONTRATA DIRECTA EN LA GERENCIA SUB REGIONAL DE CASTROVIRREYNA – AÑO 2016”, responde a las deficiencias jurídico, administrativas encontradas en la ejecución de obras públicas por contrata directa en la Gerencia Sub Regional de Castrovirreyna en el año 2016, la que se desarrolla y justifica en la amplia edificación teórica, e investigación de campo, que me permite conocer y plantear una alternativa de solución al problema que se investiga; con el objetivo de aportar objetivamente a mejorar la administración pública relacionada con las contrataciones estatales específicamente en la ejecución de obras y por ende garantizar la efectiva fiscalización de los recursos públicos destinados a los gobiernos regionales. Esto se dispone de un personal eficiente y un sistema de fiscalización interno, que contribuya al eficiente logro de los objetivos y metas previstas por Estado, el objetivo general es determinar los factores que intervienen en la correcta administración de la ejecución de obras públicas por la modalidad de contrata directa en la Gerencia Sub Regional de Castrovirreyna año -2016. La hipótesis que se aborda para el desenvolvimiento de la investigación es: En la Gerencia Sub Regional de Castrovirreyna existen deficiencias en la fiscalización, aplicación de la Ley y el Reglamento de Contrataciones del Estado; y en la supervisión y control en la ejecución de obras públicas por la modalidad de contrata directa año - 2016. La investigación que se está desarrollando es de tipo básica, el nivel de investigación es descriptiva, la población y muestra de investigación está conformado por: los servidores y funcionarios públicos de la Gerencia Sub Regional de Castrovirreyna y por los expedientes de ejecución de obras encontradas en la Gerencia Sub Regional de Castrovirreyna, las técnicas de investigación utilizadas fueron: La encuesta, con su instrumento el cuestionario de encuesta y la observación (expediente de ejecución de obra). Los resultados obtenidos en la investigación son los siguientes: − En la Gerencia Sub Regional de Castrovirreyna hubo deficiencias en la fiscalización, en la aplicación de la Ley y el Reglamento de Contrataciones del Estado; y en la supervisión y control en la ejecución de obras públicas por la modalidad de contrata directa en el año 2016. − En la Gerencia Sub Regional de Castrovirreyna no realizó la fiscalización interna adecuadamente, en la ejecución de obras públicas por contrata directa en el año 2016. El 60% de los servidores y funcionarios públicos consideran que los mecanismos de fiscalización no son los adecuados y el 70% de los mismos servidores consideran que los mecanismos de fiscalización fueron aplicados de manera incorrecta. Del mismo modo, el 60% de los encuestados manifiestan que estos mecanismos de fiscalización para garantizar la suscripción de los contratos de obras no son idóneos, sumado a ello, que estos últimos no fueron aplicados de forma correcta − La Gerencia Sub Regional de Castrovirreyna no aplicó adecuadamente la Ley y el Reglamento de Contrataciones del Estado en la ejecución de obras públicas por contrata directa en el año 2016 (el 80% de los encuestados lo afirman). Por otro lado, los adelantos directos y de materiales fueron concedidos sin observar la normativa correspondiente (el 60% de los servidores y funcionarios lo declaran así). Igualmente, el 80% de los servidores y funcionarios consideran que no se verificaron las garantías otorgadas por el postor conforme a ley. El 70% de los encuestados considera que no se cumplieron con las condiciones establecidas en la ley para el inicio del plazo de ejecución. Y, el 80% de los servidores observaron que las obras no contaron con su respectivo residente, inspector o supervisor de modo permanente. − La Gerencia Sub Regional de Castrovirreyna no realizó adecuadamente el seguimiento y el control en la ejecución de obras públicas por contrata directa en el año 2016. El 80% de los encuestados manifiestan que la entidad no realizó el procedimiento de control y seguimiento en la ejecución de obras por contrata directa. El 60% de los encuestados manifiestan que la entidad no realizó el control y seguimiento en la suscripción del contrato de las obras. El 50% de los servidores y funcionarios consideran que no se realizó el monitoreo de la vigencia de las garantías ofrecidas por el contratista. Palabras clave: Ejecución de obras públicas, contrata directa, Gerencia Sub Regional de Castrovirreyna
- Ítem"IDONEIDAD DE LA PRUEBA INDICIARIA PARA ENERVAR LA PRESUNCIÓN DE INOCENCIA EN EL DELITO DE COLUSIÓN SIMPLE DENTRO DEL DISTRITO FISCAL DE HUANCAVELICA, 2018"(Universidad Nacional de Huancavelica, 2019-10-23) Bernardo Meza, Víctor Raúl; Baslualdo García, Percy EduardoEn el presente trabajo de investigación se planteó principalmente, a razón que existe una alta tasa de impunidad en los delitos de corrupción de funcionarios a nivel nacional y regional, a tal punto que durante el año 2018 nuestro país se vio envuelta en escándalos de corrupción a grandes escalas, tales son los casos de las empresas internacionales Odebrecht, Oas, Graña & Montero, Consorcio Kuntur Wasi, entre otras, y a ello no es ajeno que a nivel de nuestra Región Huancavelica, también existe altos niveles de corrupción de funcionarios, tal son los casos que se encuentran en proceso judicial, como son la Compra de Laptops por parte del Gobierno Regional de Huancavelica, La Construcción del Puente Angara, Construcción de Lozas Polideportivas en la Provincia de Huancavelica, entre otros. Es así que, ha calado tanto el nivel de corrupción que a inicios año 2019, por medio del Decreto Supremo N° 005-2019- PCM, de fecha 09 de enero de 2019, el actual presidente Martín Alberto Vizcarra Cornejo, dio por nombre al año, “Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad"; con el objeto de erradicar y sancionar todo acto de corrupción en el país. Habiendo delimitado en el párrafo anterior sobre el origen o iniciativa de la presente investigación, que tiene como título “IDONEIDAD DE LA PRUEBA INDICIARIA PARA ENERVAR LA PRESUNCIÓN DE INOCENCIA EN EL DELITO DE COLUSIÓN SIMPLE DENTRO DEL DISTRITO FISCAL DE HUANCAVELICA, 2018”, habiéndose formulado el siguiente problema en la investigación, ¿Es idónea la prueba indiciaria para enervar el derecho constitucional de presunción de inocencia en el delito de colusión simple, en el distrito fiscal de Huancavelica en el año 2018?, teniendo como objetivo general; Determinar sí es, o no, idónea la prueba indiciaria para enervar el derecho constitucional de presunción de ino cencia en el delito de colusión simple, en el distrito fiscal de Huancavelica en el año 2018. PALABRA CLAVE: - Presunción de inocencia - Prueba indiciaria - Colusión simple - Indicio - Enervación.
- Ítem"INCIDENCIA DE LA CULTURA DE LITIGIO EN LA APLICACIÓN DE LAS CONVENCIONES PROBATORIAS EN LA SEDE JURISDICCIONAL - HUANCAVELICA, AL 2015-2017"(Universidad Nacional de Huancavelica, 2019-05-06) Suárez Valle, Mayra Ivette; Mamani Machaca, Víctor RobertEl presente trabajo de investigación tiene por título “La Incidencia de la Cultura de Litigio en la Aplicación de las Convenciones Probatorias en la Sede Jurisdiccional Huancavelica, al 2015 -2017”. Asimismo, tiene como objetivo describir el grado de incidencia de la cultura litigio en la aplicación de las convenciones probatorias en la sede jurisdiccional – Huancavelica, desde el año 2015 al 2017, además haciendo las comparaciones con otras realidades jurídicas de distintos países El método utilizado fue el científico, deductivo – descriptivo; el diseño de investigación es no experimental – descriptivo; se utilizó los conceptos teóricos básicos de las convenciones probatorias y la cultura de litigio, en lo que corresponde a la población son jueces, fiscales y abogados litigantes de la sede jurisdiccional de Huancavelica, la muestra que ha sido tomada es 4 jueces, 12 fiscales y 50 abogados, la técnica fue encuesta y el instrumento fue cuestionario; asimismo se analizó la cultura de litigio en la sede jurisdiccional de Huancavelica. Llegando al resultado, que en el 63.22% se encuentran presente la cultura de litigio dentro de las convenciones probatorias, por el contrario, el 36.78% manifiestan que no se encuentra la cultura de litigio dentro de las convenciones probatorias; ello dentro de nuestro Distrito Judicial de Huancavelica. Palabras clave: cultura de litigio, convenciones probatorias, proceso penal, etapa intermedia.
- Ítem"INCOMPATIBILIDAD DE TUTORES, CURADORES Y ALBACEAS COMO FUNCIONARIOS O SERVIDORES PÚBLICOS EN EL DELITO DE COLUSIÓN POR EXTENSIÓN ART. 386 CÓDIGO PENAL - JURISDICCIÓN DE HUANCAVELICA - 2017"(Universidad Nacional de Huancavelica, 2019-12-09) Vila Herrera, María Angela; Perez Villanueva, Job JosuéLa presente investigación se desarrolla en la ciudad de Huancavelica, el problema de la corrupción como fenómeno social, en especial el delito de colusión, teniendo como objeto el estudio el art. 386 del Código Penal Peruano, ya que existe la incompatibilidad entre los tutores, curadores y albaceas como funcionarios o servidores públicos, sujetos activos. Hay una clara clasificación o definición para entender al funcionario o servidor público, gracias a la Ley 28175, en específico el art. 4, es decir: el Funcionario es quien desarrolla las funciones netamente políticas en representación del Estado o de un sector de la población dentro de una entidad pública y el servidor público es por mérito académico previo concurso, tiene su clasificación siendo directivo superior, especialista, ejecutivo o apoyo. En cuanto al bien protegido la figura del delito de colusión entiende a los siguientes: “Legalidad, probidad, lealtad e imparcialidad”, dichos elementos no tiene influencia ni relación con los sujetos activos en esta figura delictiva objeto de estudio. Por ello, en la configuración de tutores, curadores y albaceas como sujetos activos en la art. 384, si llega a tener incompatibilidad, es decir, no se encuentra lógica jurídica al clasificar a los indicados sujetos activos y estos puedan cometer el delito de colusión. Palabras clave: Incompatibilidad, delito de colusión art. 386, tutor, curador, albacea.
- Ítem"INDEMNIZACIÓN POR DAÑOS COMO RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL Y SU RELACIÓN CON LAS CAUSALES DE DIVORCIO SANCIÓN EN EL PRIMER Y SEGUNDO JUZGADO DE FAMILIA DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE HUANCAVELICA - 2016"(Universidad Nacional de Huancavelica, 2019-11-27) Quispe Quispe, Omar Jhonatan; Del Carmen Iparraguirre, Denjiro FélixLa familia como una institución jurídicamente reconocida y tutelada por nuestra Constitución Política es la base del surgimiento de nuestra sociedad y nación, teniendo como una de las principales bases, al matrimonio, acto jurídico que es promovido por el estado peruano. Así lo establece y reconoce nuestra Constitución Política. Sin embargo, existe la figura jurídica del divorcio, entendida como la disolución legal de un matrimonio, figura que pudiera presentarse por una serie de causales reguladas en el artículo 333 de nuestro Código Civil vigente, ahora bien, no se trata de que el Estado sea quien promueva dicha disolución al vínculo familiar, sino, se trata de poder dar solución a los matrimonios que ya no cuentan con solución luego de haber agotado las vía correspondientes para su posible permanencia en el lecho familiar. En la experiencia personal y luego de haber analizados los casos en el Primer y Segundo Juzgado de Familia de la Corte Superior de Justicia de Huancavelica, se ha podido observar que, en la mayoría de los casos, al tratarse de disolución del vínculo familiar los cónyuges simplemente quieren separarse invocando una de las causales de divorcio, mas no se ha presenciado en gran magnitud casos en los que uno de los cónyuges busque algún resarcimiento y/o indemnización por las conductas del otro cónyuge que le hubieran causado algún daño físico, moral o psicológico. Es así que el presente trabajo busca brindar la protección al conyugue que resulte afectado por una de las causales previstas en el inciso 01 al 10 del artículo 333 del Código Civil , búsqueda que se ha concretado al hallar la relación que existe entre las causales de divorcio y los presupuestos de la responsabilidad civil extracontractual, es así como se ha llegado a determinar que desde la causal 1 hasta la causal 10 (divorcio sanción) del artículo 333 del Código Civil, guardan relación intrínseca con los presupuestos de la responsabilidad civil extracontractual, presupuestos que se han adecuaron a las causales de divorcio para lograr la indemnización en uno de los cónyuges que resulte perjudicado por las actuaciones del otro. Palabras claves: Familia, matrimonio, divorcio, causales de divorcio, responsabilidad civil extracontractual, indemnización.
- ÍtemLA INFLUENCIA DE LOS ANTECEDENTES PENALES EN LA CONTRATACIÓN DE PERSONAL EN LAS ENTIDADES PÚBLICAS DE HUANCAVELICA DURANTE EL AÑO 2017.(Universidad Nacional de Huancavelica, 2019-06-13) Inocente Chahuaylacc, Jhon Albert; Flores Apaza, Eustaquio EstebanNuestra constitución política de 1993, la declaración de los derechos humanos y demás normas internacionales prescribe que el trabajo es un derecho fundamental de la persona humana, para su desarrollo social y familiar, de tal forma que este pueda vivir dignamente, pero la realidad en nuestro país es muy distinto, toda vez que existe un gran grado de discriminación hacia las personas, que por errores de la vida, hayan cometido un delito del cual fue penado y a consecuencia de ello, tienen antecedentes penales. Esta discriminación es un problema que viene aquejando a nuestro país desde tiempos inmemoriales, que inclusive los mismos órganos del estado lo realizan al solicitar la carencia de antecedes penales para acceder a un puesto de trabajo. Bajo tal contexto La investigación titulada “LA INFLUENCIA DE LOS ANTECEDENTES PENALES EN LA CONTRATACIÓN DE PERSONAL EN LAS ENTIDADES PÚBLICAS DE HUANCAVELICA DURANTE EL AÑO 2017”, hace alusión al estudio de los antecedentes penales como un obstáculo para acceder a un puesto laboral, esta investigación busca determinar cuál es el nivel de influencia de los antecedentes penales dentro de las entidades públicas del estado en nuestra ciudad de Huancavelica. Asimismo con el presente trabajo no solo damos a conocer el nivel de influencia de los antecedentes penales ante una oportunidad laboral, sino que con ello se busca concientizar a los representantes de las entidades públicas del estado, que aquellas personas con un pasado criminal y que hayan cumplido una pena, están aptos para poder reinsertarse en la sociedad, y que el certificado de antecedentes penales solo es un parámetro que limita el acceso a un puesto laboral de aquellas personas. Palabras clave: •ANTECEDENTES PENALES •CONTRATACIÓN DE PERSONAL
- Ítem"LA INFLUENCIA DEL RÉGIMEN JURÍDICO EN EL ENFRENTAMIENTO DE LA DELINCUENCIA JUVENIL EN AMÉRICA DEL SUR (PERU, CHILE, COLOMBIA)-2014"(Universidad Nacional de Huancavelica, 2019-11-11) Escobar Condori, Juan Carlos; Flores Apaza, Esteban EustaquioEl presente trabajo de investigación fue realizado para dar solución al problema planteado la cual es: ¿Determinar la eficacia del régimen jurídico y el enfrentamiento de la delincuencia juvenil en los ordenamientos jurídicos de Perú, Chile, Colombia 2014? Frente a esta situación que se está dando con más frecuencia, se trazó el siguiente objetivo General: Conocer cuál es el perfil de la delincuencia juvenil en el enfrentamiento, en el régimen jurídico de (Perú, Chile, Colombia), el cual obedece a los siguientes objetivos específicos: •Evaluar las normativas en el enfrentamiento de la delincuencia juvenil de América del Sur (Perú, Chile, Colombia). •Cómo influye el estado en las familias conjuntamente con el régimen jurídico en el enfrentamiento de la delincuencia juvenil en (Perú, Chile, Colombia). •Proponer la necesidad de reformar el instrumento legal que controle o al menos disminuya el consumo de alcohol y otras sustancias nocivas a la salud; el control de los locales que brindan el acceso a menor de edad que permiten el consumo de alcohol y/o drogas sin las responsabilidades legales respectivas. •Es necesario el derecho penitenciario de menores. En la realización del presente trabajo de investigación, la hipótesis planteada fue: la influencia doctrinal de los regímenes jurídicos en la conducta humana y su impacto en la delincuencia Juvenil, es un grave problema en nuestra sociedad actual en los países de América del sur (Perú, Chile, Colombia). El diseño de investigación es descriptivo simple, cuyos resultados se evidencian a través de cuadros y figuras, tal como lo recomienda las normas estadísticas. Es un muestreo poblacional que se realizó en los países de América del Sur (Perú, chile, Colombia). Por lo tanto, se tiene que implementar estrategias como prevención y campañas para disminuir la delincuencia juvenil en Huancavelica. Palabras clave: Influencia, Régimen jurídico, enfrentamiento, Delincuencia Juvenil. America del Sur Perú, Chile y Colombia